Emisión factura especial

Buena tarde estimados.

Con una consulta, en la empresa se solicitó los servicios de artes publicitarios a una persona, pero como la misma no tiene facturas se emitirá una factura especial.

La empresa absorvera los impuestos a retener el monto que recibirá la persona es por Q9, 000.00.

El cálculo de los impuestos para q esa persona reciba los 9,000 se hizo de la siguiente manera valor a recibir Q. 9,000.00
ISR 5*= 9000x5%=. Q. 450. 00
Total sin impto Q. 9,450.00
IVA 12% Q. 1,134.00
TOTAL FACTURA ESPECIAL Q. 10,584.00

Mi consulta es, la partida contable como quedaría… Y si son correctos los cálculos para q la persona reciba los Q. 9,000.00. Y si hay algún inconveniente si se pone ciudad como dirección ya que la misma es electrónica y al hacer pruebas en ese apartado sale ciudad

Quedo a la espera de su valioso conocimiento estimados.

Gracias

Buenas noches, al adicionar impuestos en las facturas especiales tenemos que considerar algunos detalles:

  1. El ISR se saca sobre la base sin IVA del valor, eso significa que los Q. 9000.00 que va a recibir la persona son un 95% del total sin IVA.

  2. El IVA es valor agregado del 12% sobre el valor original del producto, eso significa que el valor facturado es del 112% del valor original del producto.

Bajo esas 2 consideraciones, los cálculos serian:

Primero: adicionar con regla de 3 el 5% sobre el valor de 9000 (9000 * 100 / 95)

|Base sin impuesto Q9,000.00 |95% |
|Base sin IVA Q9,473.68 |100%|

Segundo al resultado adicionarle un 12%

|Base sin IVA | Q9,473.68 |100%|
|IVA | Q1,136.84 | 12%|
|Total | Q10,610.53 |112%|

El total a facturar es de Q. 10,610.53

Las cuentas especificas es algo mas a lo interno de sus labores, pero en esencia la partida seria

(Cuenta de Gasto por publicidad) 10610.53
A: (Cuenta de donde sale el dinero) 9000
A: (Cuenta de ISR retenido que utilice) 473.68
A: I(Cuenta de IVA retenido que utilice) 1136.84

Espero haberle ayudado.

Saludos.

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Ajcc2112 Buen día estimado.

Gracias por la información y cargo el IVA crédito para que cuadre con los 10,610.53??? Correcto.

Muchas gracias, hay algún problema si solo se coloca ciudad en el apartado de dirección.

Saludos cordiales

Buen Día:

@Mariel1979 a continuación ejemplifico como quedaría la partida (los nombres y códigos de las cuentas depende de su nomenclatura) luego de la excelente explicación del calculo del IVA e ISR cuando la empresa absorbe los impuestos.

En este caso el ISR se registra como gasto y el IVA se netea entre el IVA Retenido y el IVA Crédito, ósea paga IVA Retenciones pero en su IVA mensual disminuye su IVA a Pagar en el mes o incrementa el Crédito Fiscal que pueda tener la empresa.

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En el tema de la dirección, sin ningún problema puede consignar Ciudad a menos que tenga la dirección completa de la persona a la que emitieron la Factura Especial.

Espero ayudarle y aclarar su duda, cualquier consulta quedo a sus órdenes.

Saludos;

P.D.: Por su parte investigar si aplican o no al impuesto por Promoción o Propaganda (Timbre de Prensa) para no incurrir en alguna falta y verse afectada con alguna sanción.

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@gmartinez @Ajcc2112 muchas gracias por su explicación.

Bendiciones.

@Mariel1979

Puede usar Diamante Contador para hacer los cálculos matemáticos

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Que serán los adecuados si presta atención a los valores que ingresa en el formulario

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@rtusher gracias estimado por su valiosa aportación.

Bendiciones

Buen día estimados:
Espero que se encuentren bien.

Siguiendo con el tema, quisiera conocer sus experiencias:

Cuando se emite una factura especial y esta persona (proveedor) no tiene NIT; en consecuencia en la emisión de la factura especial se coloca en CUI. Sin embargo cuando se está llenando la declaración del IVA en el apartado de “Detalle de proveedores locales” no permite ingresar el CUI de este proveedor. Debido a que no permite otro dato que no sea el NIT del proveedor ¿Cuál seria el procedimiento a seguir en este caso? Es decir ¿Qué se coloca en la casilla, cuando el proveedor no posee NIT?
¿Será conveniente colocar el mismo NIT de la empresa que emite la factura especial para poder aprovechar el IVA? :thinking:

De antemano muchas gracias por sus comentarios.

Exacto, colega. así es la contabilización adecuada según ley.

cuantas facturas puedo hacerle a la misma persona en el año?
puedo efectuar una factura especial a un empleado bajo nomina?? o puede existir una contingencia en ambito laboral y seguro social??

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@JUANB La ley no establece mínimos y máximos de facturas especiales, solo indica que si el proveedor es recurrente, como comprador está en la obligación de informarle que debe inscribirse ante la SAT.

Lo segundo si existe contingencia, y pondra en problemas al trabajador y la empresa con problemas ante SAT e IGSS.

gracias licenciado, comparto su criterio, pero mis superiores me solicitan la base legal. La logica me dicta que no debo hacerle una f.e. al empleado pues genera un vinculo que posteriormente puede ser ventaja economica, adicional hay una clara falta de pago al seguro social.
Disculpe, tendra la base legal,gracias.

@JUANB La base legal es amplia empesando por el Código Penal, Ley IGSS y reglamentos, Ley del IVA e ISR entre otras relacionadas.

Si existiera mucha insistencia de sus superiores, sugiero consultar con el asesor legal de la empresa o contratar uno y que sea él quien les indique los pro y contras de dichas decisiones.

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Buena Tarde:

Como bien lo indica el Lic. Hugo no existe una cantidad exacta de facturas especiales a emitir por algún servicio recibido; pero si la Ley es muy clara en que si fuera un gasto recurrente podría convertirse en algo no deducible para la empresa y debemos decirle al proveedor que lo más conveniente es que se inscriba ante la SAT.

Respondiendo a su segunda pregunta, pues en este caso depende del motivo por el cual emita la factura especial, en este caso por experiencia propia en una empresa se tenían técnicos a los cuales se les proporcionaba viáticos según políticas ya establecidas en la empresa; para lo cual los técnicos al volver de la comisión debían de liquidar con facturas y algunos gastos que no era posible documentar pero formaban parte de los viáticos autorizados se liquidaban con Factura Especial a nombre del empleado descontando los impuestos correspondientes, no se tiene problema con la SAT o el IGSS ya que el porque de la factura esta documentado y con el IGSS ese ingreso no forma parte de su salario o algo afecto a dicha institución. En si no son ingresos netamente del empleado es un gasto de la empresa y por no contar con documentos de soporte se emite la factura especial, como indica la ley.

Espero ayudarle a resolver su duda y no confundirlo más.

Saludos;

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Buen Día:

Estimado @Boch lamento mucho la demora en responder a su pregunta, espero aún estar a tiempo para resolverle.

En el caso de las Facturas Especiales consignamos el NIT o CUI de la persona que nos presta un servicio o vende algún bien para documentar contablemente y ante SAT dicha operación.

Pero en este caso se registra en el Libro de Compras y los datos son los de la misma empresa, ya que a quien le emitimos el documento se convierte en un “Cliente” viéndolo desde el punto de vista de como se registra en el Libro de Compras, en el libro de compras o en el Formulario del IVA no debemos consignar los datos de a quien le emitimos el documento ya que es la empresa quien emite la FE.

Saludos;

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Buen día estimado Lic. @gmartinez

Muchas gracias por su atenta y puntual respuesta a mi interrogante, muy amable, me aclaró totalmente mi duda. :grinning:

Buena tarde.

Estimados el el formulario de IVA 2237 en la casilla 13. CÓDIGO. Indica Ingrese el código del anexo de detalle de facturas especiales.
¿A que se refiere este apartado? ¿Se debe colocar algún código?
En su defecto ¿Cuál código es?

Quedo atenta a su valioso conocimiento
Saludos cordiales

Otra consulta, perdón… Al detallar en el listado de proveedores a la hora de indicar el total de facturas de compra, se tomará como un cliente más, pero, que pasa a la hora de indicar cuanto se recibieron y se emitieron.

Es decir se toma como factura de compra, pero, a la vez también se indica que se emitió factura especial??

Se coloca en ambos apartados de emitidas y recibidas cuando la misma empresa es quien la emite??

Es correcto el procedimiento.

Gracias por sus comentarios.

Buen Día:

En este caso @Mariel1979 desde que implementaron esta casilla consulte con el asesor de SAT asignado para la empresa que tenía a mi cargo y me indico que en esa casilla no se debe colocar nada.

Nunca hemos agregado ningún código o algún tipo de extensión como se hace con el del EFACE y gracias a Dios no hemos tenido ningún problema con SAT al respecto.

Saludos;

Buen Día:

No se preocupe @Mariel1979 estamos para apoyarnos y es mejor preguntar que cometer algún error por desconocer sobre algún tema.

Desde mi punto de vista esas casillas son únicamente informativas (nunca me ha tocado que me auditen mis declaraciones de IVA y revisen factura por factura para ver si coincide con la cantidad consignada en el Formulario) no por ello quiere decir que no importa como se complete.

Yo siempre he colocado en facturas recibidas el total de las facturas por compras o servicios de la empresa sin incluir las facturas especiales; estas las detallo en el apartado de facturas especiales siendo la misma cantidad en recibidas y emitidas.

Espero ayudarla con su consulta y siempre quedemos a la espera de la participación de alguien más.

Saludos;