Buena tarde estimados
El motivo de la presente es para solicitar de su conocimiento acerca de una duda que tengo.
El pasado viernes el representante legal de una empresa me solicito que él quería recibir salario de su misma empresa.
Por el cual tengo entendido que el nuevo Reglamento de Inscripción en el Régimen de Seguridad Social, Acuerdo número 1529, establece que Los representantes legales que venían sin reportarse como empleados ante el IGSS por haber sido acreditados como
accionistas o socios de la entidad empleadora; deben iniciar a ser reportados y deben contribuirse cuotas patronales y laborales sobre sus remuneraciones afectas a IGSS.
Me podrían comentar si es correcto y si es correcto también la inscripción de un contrato de trabajo.
Gracias.