Procedimiento para autorización de libros en el Registro Mercantil

Buen día,

Quisiera solicitar su apoyo nuevamente. Nunca he autorizado libros en el registro mercantil, podrían indicarme paso a paso lo que se requiere para la autorización de libros en el registro mercantil. Debe ir el representante legal de la sociedad anónima? o puede ir un tercero.

Estaba viendo los requisitos en la página del registro mercantil, pero no me queda muy claro.

Gracias por su apoyo.

Saludos

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@fbarillas91 acá le comparto el enlace del procedimiento (pasos a seguir).
https://bit.ly/2Inmrvl

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buenos días

Revisando la pagina de Registro mercantil, ahora en la solicitud debe de ponerse también el numero de expediente de patentes de la empresa. Respecto a el tramite si lo puede hacer una tercera persona, incluso el contador de la empresa puede solicitar la autorización con su firma y sello. ahora bien, en mi experiencia solo se ha solicitado autorización de los cuatro libros de contabilidad principal INVENTARIO, DIARIO, MAYOR Y BALANCE. Me queda la duda si los de compra y ventas deben ser autorizados por el Registro Mercantil.

saludos.

Buen día

En adición a lo expresado por los usuarios del Foro: Lic @Hugo_R_Gonzalez_B y @LUIS3

En la Carta de Solicitud (en original y fotocopia con número de expediente como lo indica @LUIS3), adjuntar fotocopia del Boleto de Ornato de quien firma la carta.

La solicitud se presenta en la ventanilla de Autorización de Libro ubicada en el Segundo Nivel del Edificio de Registro Mercantil ( 7a. Ave. 7-61, zona 4, Guatemala), le emiten una orden de pago para cancelar en la agencia bancaria ubicada en el Interior del Registro Mercantil (primer nivel), y regresa a la ventanilla de de Autorización de Libros con la orden de pago presentada ante el Banco para que le impriman sus Stickers de los libros solicitados.

Respecto a los Libros de Compras y el de Ventas (y el de Pequeño Contribuyente) se habilitan por medio del Formulario Declaraguate SAT-7121 cancelado Q0.50 por hoja (salvo los Entes inscritos como exentos ante SAT, la habilitación de Libros esta exento) dado que estos libros son obligatorios por la Ley del IVA no se autorizan en el Registro Mercantil.

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Muchas gracias a todos.

Me sirve muchisimo esta información. En estos días debo ir al registro mercantil a realizar este trámite.

Saludos cordiales.

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Buenas Tardes:
Está solicitud la debe hacer el propietario únicamente, o la puede hacer el contador?

Muy agradecida.

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@Maria_Fernanda_Sauce agradeceremos cumplir con la siguiente regla del foro para obtener respuestas a sus interrogantes.

Buen dia adicional a lo aportado, debo comentar que aunque los libros de compras y ventas segun la ley no deberia, me recomendacion es hacerlo en mi experiencia en un par de ocasiones que los auditores de la SAT hay llegado a lo locales si los piden, por tanto no esta demas aparte unicamente se paga Q0.20 por hoja, adjuntar a su solicitud copia de DPI del representante legal y boleto de ornato (no esta demas agregarlo), a continuacion dejo un formato de la solicitud:

Guatemala, 16 de noviembre 2020.-

Señores

Registro Mercantil

Habilitación de Libros

Presente.

Estimados Señores:

Por este medio solicito la habilitación de los siguientes LIBROS:

A nombre de NOMBRE EMPRESA

Número de Expediente 99999-2020

LIBRO DE VENTAS ……………………………………………………. 100 hojas

LIBRO DE COMPRAS …………………………………………………. 25 hojas

Como representante legal de la Empresa con numero de Nit 1235467-8.

Atentamente;

F)________________________________

NOMBRE REPRESENTANTE LEGAL O PROPIETARIO
DPI 1234 12345 0101
Representante Legal o Propietario

OJO en NOMBRE DEL EMPRESA colocar el nombre de la empresa si es libro de compras y ventas, y se fuera SOCIEDAD el nombre de la sociedad en el caso de los otros libros contables, como sugerencia usar los mismos nombre que utiliza la SAT en el formulario de habilitación de libros, si habilitaran libro para la empresa y la SOCIEDAD hacer dos cartas diferentes, revisar en las patentes el numero de expediente.

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Mi estimado ¿Y donde obtengo el número de expediente? Gracias

@Jose El número de expediente lo puede obtener de la Patente de Comercio.

Gracias Lic. @Hugo_R_Gonzalez_B

Y en caso que no tiene Patente la empresa, se podrá hacer la habilitación de los libros?

Buena tarde @Aniee.

No se puede.
Para solicitar la habilitación tiene que tener patente ya que en ella se le asigna un número de expediente y ese le sirve para el trámite.

Saludos

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Buen día

Primero las buenas noticias:
Recientemente el Registro Mercantil habilitó en su portal web, la posibilidad de solicitar y descargar los libros.

Ahora la malas noticias (aparentemente hoy 02 de diciembre de 2020, sin ningún aviso o prevención por medio de alguna disposición administrativa de carácter general -publicado- fue el último día para poder solicitar los libros de forma tradicional)

(No es un proceso expedito como al que estamos acostumbrado con la SAT - simplificado en tres pasos: 1. genera el formulario y la boleta de pago, 2. Paga en el banco, 3. con el número de acceso y formulario, consulta en Declaraguate el formulario correspondiente el cual contiene las respectivas resoluciones y/o descarga la información)

El nuevo proceso en el Registro Mercantil. El primer paso (debe obtener su firma electrónica avanzada)

Aún, si no tiene firma electrónica avanzada, el interesado debe registrarse en el siguiente enlace para crear su usuario y contraseña (tendrá que escanear y subir su DPI)
https://eportal.registromercantil.gob.gt/

posteriormente le llegará una confirmación por correo electrónico para ingresar a la plataforma ( ePortal)


Deberá aceptar (consentir) los términos del servicio


De las opciones disponibles, seleccionar Autorización de Libros, llenar la información correspondiente

Seleccione el libro a solicitar (electrónico o físico), tipo de libro (nombre), cantidad de hojas, el sistema calcula automáticamente el monto (arancel) a pagar

Luego encontrará una casilla (botón) ir al Pago.

Es un poco decepcionante, se espera que el sistema genera una boleta de pago, comprobante u orden de pago (no hay mas información, esperemos que esto se mejore), sólo despliega:
image

Por el momento sólo se puede efectuar el pago en Banrural.
En las ventanillas del Banco, indique al receptor/pagador el código de trámite (29). NIT de la empresa que solicitó los libros, cantidad total de hojas (en este ejemplo son dos libros de 200 hojas c/uno en total 400 hojas) el sistema calcula en automático el arancel (400 hojas por Q0.20 = Q80.00)


Los siguientes datos del recibo son necesarios para validad el pago


image



Tendrá que escanear la boleta o recibo de pago y subirlo a la plataforma

El sistema genera una solicitud en pdf que debe descargar y firmar, escanear nuevamente y subir dicho archivo (pdf)


Cuando corresponda, subir la carta de autorización (si no hace la solicitud nombre propio)
luego enviar dichos documentos.

Debe tomar en cuenta (que si envió los documentos), recibirá un correo que indica: “si su elección ha sido presentar la solicitud sin firma electrónica avanzada , se le enviará un correo solicitando la presentación de los documentos físicos a nuestras ventanillas debidamente firmados.”

En la parte final del correo hay una sorpresa:

Su solicitud ha sido enviada y asignada a un operador. En el transcurso de 3 a 4 días hábiles podrá obtener su razón electrónica mediante el acceso al portal.

Si bien es un proceso novedoso (prueba y error) en sus primera etapas. Esperemos que esto se agilice y mejoren los tiempos, que fortalezcan la plataforma y especialmente se desea que simplifiquen el proceso

Esta historia continuará …

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@Blagmiro_Contreras gracias por la información y esta una de las razones porque en Guatemala estamos como estamos.

Si la persona ya cuenta con acceso, desde allí debería dejar ingresar a cualquier gestión electrónica disponible en dicha entidad. Pero No, ahora debe registrarse nuevamente, doble ingreso por cada gestión que no este en dicho menú.

Si es parte del Gobierno, para que inventar el agua azucarada, sencillamente deberían utilizar el mismo software que SAT ya tiene instalado, solamente debieron agregar Autorización de libros RM. y no hacerle complicada la vida al Inversionista, Emprendedor o Empresario, se supone que la tecnología es para facilitar y no para hacer más engorrosa una Gestión sencilla.

Así con los pasos a realizar es más fácil hacer las gestiones fisicamente.

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Buen día, gracias por el aporte.
Y por que medio entregan las calcomanías?

Buen día

Una cordial bienvenida al Foro. Previo un anuncio

Una de las políticas para poder participar en el Foro, es que el usuario cumpla con la fotografía (no avatar u otro tipo de imagen)

En el siguiente enlace puede usar la guía de @unisat para la fotografía

Una vez que se ha completado el proceso (no es obligatorio el uso de firma electrónica para solicitar libros y para enviar la solicitud, aunque el sistema indica que en el transcurso de 3 a 4 días hábiles para obtener la razón electrónica, hoy complete un proceso a las 13:24 horas y a las 14:20 horas ya estaba autorizado), el sistema le enviará un aviso de la Autorización de Libros por correo electrónico, indicando que debe ingresar desde su cuenta de ePortal, para descargar el archivo en pdf de los stikers (es similar al archivo que descarga en Declaraguate de SAT) sólo que el archivo tiene en una página del estiker de la Hoja Inicial y en otra página el stiker de la Hoja final, ejemplo:

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Muchas gracias, acabo de realizar el trámite de Autorización de libros, solamente a la espera de confirmación para impresión.

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Buena tarde a todos

les quiero compartir que he creado mi cuenta en ePORTAL del Registro Mercantil, para autorizar libros, allí hacen ver que para autorización de libros no es necesario poseer firma electrónica. lo que no me queda bien claro es que hay tres tipos de entidad a elegir, EMPRESA, COMERCIANTE Y SOCIEDAD, alguien me puede explicar que obtengo al elegir a cada una de estas o que función tiene a cada una.

hasta luego, espero sus opiniones

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La autorización de libros la debe solicitar dependiendo lo que indique en la patente de comercio , sí es para una empresa, debe indicar la razón social y que es propiedad de una persona individual. Si es sociedad, tiene que indicar que tipo de sociedad es (por ejemplo S.A.) y quien es el representante legal.

Espero te sirva mi aporte,
Saludos.

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