Perspectivas de la Octava Enmienda al Sistema Armonizado

Buen día

Quizá la mayoría de los usuarios del Foro no sepan que es este aparato:



El tubo de rayos catódicos (TRC) o simplemente tubo catódico es una tecnología que permite visualizar imágenes mediante un haz de rayos catódicos constantemente dirigido contra una pantalla electroluminiscente. La pantalla está hecha de vidrio y recubierta de fósforo y plomo; el primero permite reproducir la imagen proveniente del haz de rayos catódicos, mientras que el segundo bloquea los rayos X para proteger al usuario de sus radiaciones.

Fuente: Tubo de rayos catódicos - Wikipedia, la enciclopedia libre

Fue el componente principal en monitores, televisores y osciloscopios.



Los cambios que se incorporarán en la próxima versión del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías (La explicación del Sistema Armonizado ya se ha bordado anteriormente:


Entre otros, suprime la partida 7011.20 donde se clasifican los tubos catódicos que han sido desplazados por el desarrollo de las tecnologías (pantallas de plasma, LED, LCD, DLP , etc.) más eficientes en consumo de energía y más baratos.


El Sistema Armonizado -SA- en español o en inglés: Harmonized System (HS) Codes,



Fue una adaptación de la nomenclatura de Brucelas (NAB) de 1959 que posteriormente se llamó Nomenclatura del Consejo de Cooperación Aduanera (NCCA) de 1974 pero ya se venía explorando la posibilidad de explorar un código universal. El SA inicio en el año 1988 con 5,019 subpartidas y a partir de ahí, se han implementado siete enmiendas (1992, 1997, 2002, 2007, 2017 y 2022).

La octava enmienda al Sistema Armonizado, estaba planificada para el año 2027 y se extenderá el ciclo de revisión para el 01 de enero de 2028, derivado de los avances de la ciencia y en especial de la tecnología en el comercio internacional, en la actualidad, un grupo de estudio especializado de la Organización Mundial de Aduanas (OMA) está explorando un proceso de un nuevo sistema (manteniendo el principio que en un solo instrumento incorporar todas las clasificaciones de las mercancías) que cumpla con los objetivos de : clasificación arancelaria, valoración en aduana y el origen para el trato preferencial o no preferencial.

Abriendo un paréntisis: (ahora estamos en una tregua con los aranceles, pero esta, es otra historia … continuará )

Por ejemplo: la Sección XV (de los capítulos 72 a 83 que comprende los metales comunes y sus manufacturas) el SA ha reservado el capítulo 77, y se especula que este capítulo es para los minerales que provengan del espacio exterior


Exploracion espacial (minería espacial).


También resalta la incorporación de las recomendaciones de la Organización Mundial de Aduanas (OMA) y es para insertar partidas nacionales de las listas 1 y 2 de la Organización para la Prohibición de las Armas Químicas -OPAQ y anexos de sustancias químicas de la Convención sobre Armas Químicas – CAQ

La OMA ha emitido recomendaciones para ser adoptadas antes del 01 de enero de 2028 en las nomenclaturas aduaneras nacionales, por ejemplo nuevos subtítulos en la nomenclaturas, sub partida 2710.91 para los aceites usados que contengan bifenilos policlorados (PCB superior a 50 mg/kg) o bifeniles polibromados (PBB) o una concentración inferior a 50 mg/kg (compuestos químicos sintéticos resistente a los elementos naturales y que representan riesgos para la salud humana y medio ambiente).

Es un tema de preocupación, la búsqueda de soluciones a los problemas con la alimentación mundial, la importancia de la salud y el impacto del cambio climático, productos nutricionales farmacéuticos y complementos alimenticios, se revisará y se les dará prioridad a ciertos productos médicos (sí, por el tema de las pandemias), nueva estructura y control para los medicamentos.

Otro tema de precaución, es el de las energías renovables (energía solar, eólica, etc.), el auge de los vehículos eléctricos, el uso del bambú como alternativa a la madera (problemas de sequías en la agricultura, recursos forestales, etc.)

En varios capítulos se suprimen subpartidas y se crean aperturas para especificar (para prohibir o restringir el comercio de ciertos productos), se dará una correlación de las partidas por temas nuevos de comercio internacional.

Incorpora la revisión de la definición de uso doméstico en aparatos, por ejemplo la cafetera eléctrica de percolador; compuesta por una jarra con grifo y luz incorporada, una tapa, un filtro de café, un conducto de agua y un cable desmontable con capacidad de 45 tazas de café. Los manuales la describen como de uso doméstico (para uso en casa), pero en la práctica esa capacidad es para uso en oficinas, pasa de la partida 85.16 a la partida 84.19 de uso industrial (para la preparación de bebidas calientes o la cocción o calentamiento de alimentos: 8419.81.01.00 Cafeteras)

En los próximos días, en esta publicación, se desarrollarán los cambios ya aprobados (salvo las reservas que cada país pueda adoptar) del Sistema Armonizado en las secciones, capítulos, partidas y subpartidas , una primera entrega del material a desarrollar (tienen razón, son temas muy aburridos pero nos impactarán como no tienen idea … ):

Parafraseando las exposiciones del Ing. Enrique Herón Jiménez Ramírez y de Ramiro Cerón Juárez

El Capítulo 3, que comprende: Pescados y crustáceos, moluscos y demás invertebrados acuáticos, es probable que se revise la apertura de más capítulos, (para incorporar nuevas especies o corrección del nombre de las mismas)

Las partidas 03.07, 03.08 y 03.10 (moluscos, invertebrados acuáticos), se da la separación de los que están vivos de los frescos y refrigerados que en la actualidad están juntos (para estadísticas).

También se revisarán los capítulos 4, 5, 6, 7 y 8 (Leche, productos lácteos, productos de origen animal, plantas, hortalizas, frutas, etc.), es decir, todos los productos del reino vegetal (organismos genéticamente modificados, ejemplo: semillas para siembra pero que ya no pueden germinar), sustitutos a base de plantas (sustituto de leche, carnes, - sucedáneos- etc., por ejemplo preparaciones a base de cereales, harinas, etc.), frutas tropicales, etc.

En la nota 2 del capítulo 7, se agregan las mazorcas (más conocidos en Guatemala como elotes) de maíz tierno (igualmente que con el maíz dulce) las cuales quedan excluidas del capítulo 10 (Cereales), esta parte de este capítulo ya se ha abordado anteriormente en el Foro en el siguiente enlace:

El maíz dulce no es un cereal, está clasificado como hortaliza, la expresión hortalizas alcanza también maíz dulce ( Zea mays var. saccharata ) de la partida arancelaria 0709.99.1000

4 Me gusta

@Blagmiro_Contreras gracias por la información y actualización. :+1: