Quisiera que me pudieran orientar sobre le pago de ISO. La empresa fue inscrita en la SAT en diciembre 2021, únicamente tiene como movimiento el capital pagado de 5,000, por consiguiente tengo la pregunta si se debe pagar ISO ahorita en enero de 2022 del trimestre octubre a diciembre de 2021. El ISO es acreditable al ISR.
Un colega me dijo que si debe de pagar ISO por los 5,000.00, pero tengo mis dudas. Si me pudieran orientar al respecto.
El articulo # 1 de la Ley del ISO indica que tenes que tener un margen superior del 4% de tus ingresos brutos, pero como el año anterior no facturaste, presentas tu formulario a 0.00, te adjunto ejemplo.
@Luisla de conformidad a la duda planteada y respuesta ya obtenida, le comparto tema relacionado, hay otros temas más del mismo tópico. Al inicio cerca de su foto hay una lupa para buscar temas ya desarrollados.
Buena tarde estimados. Confirmando y fundamentando lo expuesto por el Lic. Contreras, de conformidad con la literal c) del articulo 4 del Decreto 73-2008 el contribuyente en este caso está exento del pago del ISO durante los primeros cuatro trimestres de operación. Vencidos los cuatro trimestres evualar si reune los otros supuestos legales para pagar.
@JCC , gracias por su apoyo. Disculpe hago la siguiente pregunta por consiguiente no debo presentar el formulario de SAT sobre el ISO que se debe realizar ahorita en enero 2022?
Creo que su duda es en relación a si debe presentar la declaración y es correcto debe de presentarla, la diferencia es la siguiente: debido a que la empresa se inscribió a finales del año 2021 se debe de presentar el ultimo trimestre 2021, únicamente indicando que se cuenta con un capital de Q 5,000.00, la declaración no genera ningún pago de impuesto, pero si se debe de cumplir con la presentación de la declaración