Nuevo Reglamento de Inscripción en el IGSS

Buen día

Una de las deficiencias del nuevo reglamento del IGSS, es que no desarrolla la definición del concepto de patrono, esto si estaba contemplado en el anterior reglamento (Acuerdo No. 1123, Artículo 1: Patrono es toda persona individual o jurídica, que emplea los servicios de trabajadores en virtud de un contrato o relación de trabajo)

Sin prejuzgar el fondo del asunto (simulación), si los servicios que presta el representante legal no encuadra dentro de la figura de contrato de trabajo en relación de dependencia, sino como la facturación de la prestación de servicios técnicos o profesionales, no debiera incluirse en la planilla del IGSS.

En el siguiente enlace, podrá ver la publicación de las noticias del nuevo reglamento en el portal web del IGSS:
También los accionistas o socios podrán ser protegidos por el Régimen de Seguridad Social e inscribirse como afiliados si prestan sus servicios materiales, intelectuales en virtud de un contrato o relación de trabajo.


Ahora ni los pequeños contribuyentes o profesionales liberales se salvan si tiene uno o dos trabajadores: más información en el siguiente enlace:
Nuevas reglas IGSS: Los peques, Ongs, profesionales ,etc - YouTube

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