¿Gastos de organización e instalación o gastos de operación?

Buen día estimados

Espero que estén teniendo una excelente semana. Tengo una duda:

Antecedentes

Una empresa contrató a un abogado y notario para que le hiciera los trámites legales para constituir una sociedad y ha emitido la factura correspondiente donde cobra los gastos de constitución y sus honorarios.

Mi consulta

Si esto puede tomarse como un activo amortizable Gastos de organización e instalación o se debe registrar en gastos de operación como “Servicios profesionales”, adicional les comento que esta empresa se encuentra en el regimen de ISR trimestral y se dedica a la importación de muelles flotantes, lleva constituida desde octubre 2020 y no ha generado ingresos aún, de hecho la primera importación la realizó estos días.

Si pudieran darme la base legal de sus comentarios, se los agradecería enormemente,

Quedo a la espera de su muy amable apoyo, gracias

Buen día

Se sugiere la lectura del siguiente enlace:

Buen dia estimado @blagmiro_contreras

Le comento que he leido el documento que me refiere
Por lo que entiendo todos los gastos que se generan anterior a los primeros ingresos de la empresa se consideran preoperativos por lo tanto se pueden considerar como gastos de organizacion e instalacion, es correcto?

y si es correcto, lo ideal seria empezar a depreciar hasta que la empresa genere ingresos?

Buen día

Desde el punto de vista financiero:

Ver NIIF pymes Sección 18, párrafos 21 y 22:

Periodo y método de amortización
18.21 Una entidad distribuirá el importe depreciable de un activo intangible de
forma sistemática a lo largo de su vida útil. El cargo por amortización de cada
periodo se reconocerá como un gasto, a menos que otra sección de esta Norma
requiera que el costo se reconozca como parte del costo de un activo, tal como
inventarios o propiedades, planta y equipo.

18.22 La amortización comenzará cuando el activo intangible esté disponible para su
utilización, es decir, cuando se encuentre en la ubicación y condiciones
necesarias para que se pueda usar de la forma prevista por la gerencia. La
amortización cesa cuando el activo se da de baja en cuentas. La entidad elegirá
un método de amortización que refleje el patrón esperado de consumo de los
beneficios económicos futuros derivados del activo. Si la entidad no puede
determinar ese patrón de forma fiable, utilizará el método lineal de
amortización.

Buen dia

Mil gracias por su aporte, comprendido totalmente