Factura de gastos médicos aplican para crédito fiscal?

Buenas tardes. Podrían por favor resolverme la siguiente duda: Las facturas de gastos médicos aplican para crédito fiscal de IVA?
Agradezco mucho su apoyo.
Saludos.

Buen día

La definición de gastos médicos es muy amplia.

Obviamente el cuidado de la salud para que el ser humano pueda desarrollar normalmente sus actividades productivas es indispensable, y puede justificarse para las empresas individuales y en los casos que los propietarios de las empresas no tengan la cobertura del Seguro Social.

Salvo la opinión de otros participantes del Foro, dichas facturas deben estar en armonía con el artículo 16 de la Ley del IVA

En el caso de Sociedades mercantiles, podría ser objeto de ajustes al crédito fiscal y gasto no deducible, máxime cuando no se trata de una política generalizada para todos los colaboradores, es probable que ese beneficie sólo sea para la Gerencia o los altos mandos que conforman el gobierno corporativo de Sociedad.

3 Me gusta

Muchas gracias, me ha sido muy útil su explicación. Feliz día.

Hola, buen día.

Con respecto a éste tema me surgio una duda, que pasa en el caso de una S.A. que por estar atrasada en el pago de sus cuotas del Seguro Social ha tenido que cubrir los gastos médicos de sus Empleados, ¿se considera un gasto no deducible?

Karin buenos días!

De acuerdo como lo interpreto son 2 puntos de vista que hay que tomar en consideración:

Uno es el IVA, desde este punto de vista el gasto o erogación no es parte del proceso productivo, distribución y venta, y por lo tanto no procede reclamar el crédito fiscal y el IVA pagado forma parte del costo.

Dos es el ISR, si se puede justificar que es necesario para mantener la generación de rentas, lo cual debe ser documentado apropiadamente, se puede reconocer como gasto deducible, si se registra solo por hacerlo o peor si es de algún familiar de alguien de la empresa que no labora dentro de ella, no es ni gasto deducible ni procede tampoco en el IVA.

Sugiero que puedas leer lo que se establece en la Ley del Organismo Judicial y Código Tributario en lo que corresponde a la interpretación de las leyes, y después ver lo que establece tanto el ISR como el IVA para tener una mejor interpretación y aplicación de las mismas.

Saludos!

Agradezco mucho su observación. Leeré lo sugerido. Gracias.

En adición a lo expresado por @Jporras

Algunas recomendaciones adicionales sobre el crédito y débito fiscal, en el siguiente enlace:

2 Me gusta

Excelente información. Muchas gracias