Buen dia estimados
Para llevar contabilidad es conocido que la empresa debe poseer activos por Q 25,000 para arriba, a partir de este importe ya es obligatorio.
Y sus auxiliares
Pero es obligatorio llevar conciliaciones bancarias?
(dado que para llegar a más de Q 25,000 es la cuenta bancaria la que tiene una rotación alta)
Esta empresa es solo de 2 personas, si uno de ellos aporta fondos y los transfiere a la cuenta, estos fondos deben ser justificados con documentos legales?
Saludos,
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@MIGUEL_MEDA con relación a sus interrogantes:
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Si debe llevar la contabilidad completa,
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Con relación a la conciliación bancaria, le comparto enlace y como siempre mi sugerencia: leer el tema completo y ver videos, para mejor comprensión y por ende las leyes tributarias y relacionadas con las mismas para no caer en sanciones futuras.
Nuevo Formato Conciliación Bancaria Mensual SAT
Complemento:
El Decreto 6-91 artículo 93 y numeral 5 (reformado según Decreto 37-16) del Código Tributario y sus Reformas:
Omitir el registro en los libros de contabilidad, de las cuentas bancarias e inversiones, que posea en los distintos bancos o grupos financieros de la República de Guatemala o en el extranjero, de conformidad con lo establecido en el Código de Comercio. Se entiende que hay omisión de registro en los libros contables, si el contribuyente no registra una o varias cuentas bancarias que se encuentren a su nombre en los distintos bancos o grupos financieros de la República de Guatemala o fuera de ella; no elabora las conciliaciones bancarias que determinen la razonabilidad del saldo contable y las partidas de diario no están soportadas por los documentos que originan la transacción.
Entre otros.
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