Cese de negocio persona individual

buena tarde compañeros, les comento tengo un cliente que sus negocios lo tiene bajo su Nit de personal Juridica sin embargo me comenta que ya no quiere tener esos establecimientos bajo su Nit, alguien puede indicar como proceder. gracias por sus respuestas.

Buen día

Respecto a:

Es persona individual o persona jurídica?

Si es una persona individual que por su actividad económica (servicios) y no tiene patente de comercio, uno de los requisitos para cese de actividades es la negativa de patente, el siguiente enlace le será de ayuda.

Para todos los casos, en el siguiente enlace puede descargar las guías para las socilitudes de cese actividades (cese prescrito y definitivo) tanto para personas individuales o como jurídicas, desde agencia virtual
(Nota: los requisitos de la SAT pueden cambiar sin previo aviso)

Le comento que es persona individual y si tiene patente de comercio solo que lo que el cliente desea es que en las facturas ya no se refleje su nombre, según entiendo en su comentario qué hay que dar de baja a los establecimientos ? Pero si puedo generar un Nit nuevo con la misma patente ?

Buen día

conforme el numeral 4 del artículo 30 del Reglamento del IVA, el cual señala:

ARTÍCULO 30. Requisitos. A partir del inicio de la vigencia de este reglamento las facturas,
facturas especiales, facturas de pequeño contribuyente, notas de débito, de crédito, deberán
cumplir como mínimo con los requisitos, datos y características siguientes: (…)
4) Nombres y apellidos completos y nombre comercial del contribuyente emisor, si lo
tuviere, si es persona individual; razón o denominación social y nombre comercial, si es
persona jurídica.

Si omite el nombre completo del contribuyente en la factura (facturas en papel vigentes hasta el 30 de junio de 2022) y en caso de fiscalización en facturas emitidas (en papel), se arriesga a una multa de Q100.00 por cada documento emitido (numeral 8 del artículo 94 del Código Tributario).
En FEL (facturas electrónicas) el contribuyente no puede elegir que datos quiere o no que se muestren en los DTE (salvo errores de la representación gráfica en PDF y he visto muchos errores)

Respuesta: NO
El NIT (DPI) es un identificador único de la persona individual, todo esta vinculado al DPI, NIT, Número de pasaporte, afiliación IGSS, etc., salvo errores del sistema de la SAT (aún existen NIT multiples que no han sido depurados) la persona individual no puede tener otro NIT o nuevo NIT.

Si la consulta anterior, es por temas de inseguridad. Quizá sea recomendable crear una sociedad mercantil (sociedad anónima) pero ese tema ya es de abogados

Gracias por su respuesta Blagmiro
Para concluir este tema, se debe realizar nuevo trámite para crear una Sociedad Anónima y qué hago con los establecimientos creados en el Nit del cliente ?

Esa decisión la toma el cliente

Una vez creada y formalizada la sociedad mercantil, se sugiere el cese actividades de la persona individual, dado que la practica la entidad mercantil contiuaria con las actidad económica que estaba realizando la persona individual