Cese de actividades pequeño contribuyente

Un maravilloso día a todos. Soy novato en esto pero quiero aprender cada día,

¿Podrían orientarme sobre cómo proceder al cese de actividades de un pequeño contribuyente?

Al mismo lo inscribieron en una empresa en el año 2002 y comenta que solo le hicieron dos facturas y dejó de trabajar facturando, ese mismo año.

Ahora se acerca a mi persona para que le haga el cese de actividades, al pedirle sus facturas y libro de pequeño contribuyente me indica que se quedaron en la empresa ese año 2002, en ese año era trimestral la presentación de declaraciones ahora con la actualización de SAT las tenemos mensual en este régimen, la última declaración presentada con valor cero se hizo en diciembre 2019.

Acudí a la SAT pero ahí me solicitaron las facturas y su libro de compras y ventas de pequeño contribuyente, pero no hay nada de esos documentos más que solo las declaraciones desde el año 2012 a diciembre 2019 con valor cero.

Muchas gracias por aportar sus experiencias y conocimientos.

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en este caso, puede pedirle al cliente que se dirija al Ministerio Publico, a presentar una denuncia por hurto o perdida de documentos legales, esta puede presentarla a SAT.

con el libro de compras y ventas de pequeño contribuyente, deberá de realizar el libro desde la fecha que dejo de facturar hasta el mes de diciembre 2019, con las hojas sin movimiento por cada mes.

solamente se debe de ver si tiene el sticker de habilitación del libro de compras y ventas, si no tuviera el sticker, o si los folios habilitados no son suficientes, pídale a su cliente que solicite el acceso a SAT en línea, para poder confirmar el sticker y solicitar mas, si fuera el caso.

Buenos días este cierre se realiza sin presetar denuncia ni llevar libro ni facturas.
llenar el formulario SAT-2175 y si un tercero hace el trámite el SAT-362 y presentarse en SAT diciendo que lleva un CESE POR PRESCRIPCIÓN .

NOTA IMPORTANTE. llevar fotocopia del formulario SAT-2175 es necesario.

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Muchas gracias por las sugerencias, el día de hoy visite una agencia de SAT para hacer dicho trámite indicando a la persona que me atendió que iva por un cierre por prescripción, y resulta diciendo que para esos trámites se debe llegar temprano y que mejor regresara mañana porque ella necesitaba salir temprano porque tenía un compromiso, debido a que ese trámite lleva tiempo porque hay que revisar toda la documentación, indicándole que son más de cuatro años sin movimiento y entro en su necedad y si no llevaba los demás documentos no podía hacer nada.

La verdad que molesta la actitud de estas personas regresaré otro día para ver si me atiende otra persona y quizás las cosas sean distintas.

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@Jayme anímo eso es lo que desmoraliza de la SAT, y así quieren más impuestos. Lamentable.

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Coincido con la recomendación de ARA en relación al trámite y gente como la que le atendió en SAT hay muchos, pero también hay muchos que han mejorado la atención. Saludos.

Ara tengo una duda.

Se puede hacer ese trámite, estando omiso? o se debe presentar todas las declaraciones sin movimiento y pagar las multas.

No puede realizar el cese al tener omisos y al momento de ponerse al día pierde su prescripción.

Lamento mucho lo sucedido busque otra agencia de SAT o que le asignen otra persona . Ellos si deben revisar que realmente esos cuatro años no tubiera movimiento porque al momento de rectificar un declaración o poner al día un omiso se pierde la prescripción.

Perdon pero no entendí.

Hay dos estados, 1. Omiso o 2. Estar al dia en las presentaciones de declaraciones con valor cero. Existe otro estado?

Cual es el tips para hacer el cesde de actividades por prescripcion.

Saludos.

Cual es el tips para hacer el cesde de actividades por prescripcion.
Estar sin movimiento durante 4 años consecutivos y estar al día con la presentación de impuestos . Despúes de ese período se puede realizar el cese por prescripción.

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Buena tarde

La SAT puede catalogar SIN MOVIMIENTO a una empresa que esta presentando todos los meses su declaración SIN VALOR?

De antemano gracias por responder.

@LUIS3 la SAT NO, porque es el contribuyente quien esta haciendo una declaración jurada mensual de que no ha tenido movimiento.

De allí que si SAT determina lo contrario el contribuyente se hará acreedor a sanciones tipificadas en Código Tributario.

Muy buena noche, un gusto saludarle @Jayme.

Su cliente o usted debe de tener acceso a su agencia virtual y a través de ella anular los documentos y llevar la constancia de anulación (facturas, notas de crédito, débito, etc.)
Llevar el original y copia del formulario de cese y formulario 362 de autorización de tercera persona, junto con las copia de Dpi y los originales.

Sí es posible hacer el cese por prescripción con omisos, requisito de que en 4 años no tenga movimiento (declaraciones con valor).

Y el cese de debe de hacer en la agencia en dónde el contribuyente tenga su domicilio fiscal.

No olvide la constancia del RM dónde indique que no tiene patente o que fue cancelada.

Cualquier duda a la orden.

Saludos.

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Estamos a las órdenes

ARA
Buen dia perdone una duda si un contribuyente a quien el contador no le presento sus declaraciones en el 2011 y desaparecio llevándose consigo toda la papelería ahora este contribuyente tiene omisos a la fecha 2019 porque no sabia,puede hacer el tramite por prescripción sin pagar los omisos o tendrá que pagarlos

Muy buen día @Julia.

Se puede hacer la cese siempre y cuando no haya hecho declaraciones con valor.

Saludos

Buenos días a todos,

según lo escrito en el Articulo 50, del Decreto 6-91, la prescripción es por 4 años, pero se interrumpe, es decir, comienza la cuenta de los 4 años, a partir de la interrupción.

una interrupción a la prescripción se genera al momento de tener un omiso, es decir que si una persona presenta un omiso en diciembre 2015, su periodo de prescripción puede ser considerado desde diciembre 2015 retroactivo 4 años, en otras palabras, el periodo que SAT podría solicitar para verificar información comprendería del mes de enero 2011 a noviembre 2015.

aunque también, porque me ha sucedido, dependerá del criterio que tenga la persona que atienda el caso en SAT.

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Buen dia i.castellanos esque no se hizo ninguna declaración desde marzo 2011 a la fecha no se han presentados nada

@Julia puede hacer el cese por prescripción sin ningún problema, ya que según indica desde el 2011 no se ha presentado ninguna declaración; tiene más de 4 años de no presentar formularios.