Buen día
El 11 de agosto de 2023 cobrará vigencia el Acuerdo Gubernativo No. 164-2021, respecto a la gestión integral de los instrumentos regulatorios sanitarios aplicables a la generación (reducción) de los residuos y desechos sólidos.
(abreviando el párrafo anterior: separación de residuos y desechos, recolección y transporte)
Entre los aspectos que abarca el reglamento, incluye:
Disposiciones generales,
Condiciones de salud y seguridad ocupacional,
Normas sanitarias y ambientales,
Autorizaciones sanitarias, ambientales y registros de gestores,
Fomento de la economía circular,
Infracciones y sanciones (atención las sanciones van desde 01 hasta 40 salarios mínimos)
Disposiciones transitorias y finales
Más información:
Será Interesante conocer, cuando el servicio de recolección o extracción de basura lo realizan las municipalidades, y si tienen la capacidad instalada para cumplir por lo menos con lo siguiente:
Artículo 18. Normas sobre el procedimiento de recolección y transporte.
Se establecen como normas mínimas aplicables al procedimiento para la recolección y transporte de residuos y desechos sólidos comunes, las siguientes:
a) La recolección de los residuos y desechos sólidos comunes generados en las áreas públicas y privadas, debe efectuarse como máximo cada setenta y dos horas;
b) Únicamente el personal indispensable requerido para llevar a cabo las tareas de preparación para la recuperación de materiales durante el transporte debe permanecer físicamente dentro del área destinada para el transporte de los residuos y desechos sólidos comunes; y,
c) Garantizar el transporte físicamente separado de las diferentes categorías de segregación establecidas; ya sea por medio de espacios divididos en cámaras en los vehículos, recolección separativa por día u otra provisión logística según su manejo integral.