Buenos días, estimados colegas, alguien me puede orientar cual es el tratamiento correcto de las operaciones de un mismo contribuyente en:
- Ventas de Servicios Locales (afecto a iva)
- Venta de exportación de servicios (exento de iva)
Tengo varias dudas:
- En cual casilla del formulario de iva ingreso el valor de las exportaciones de servicios:
- Ventas exentas de operaciones locales; ó
- Exportaciones en la casilla 4 de Operaciones de Exportaciones o Transferencia.
- Sí habilito la casilla de exportaciones en la casilla 6 me aparece CRÉDITO FISCAL POR OPERACIONES DE EXPORTACIÓN Y TRANSFERENCIA, cual es el fin de dicho crédito?
- Solo se coloca para fines de presentación; ó
- Se compensa con alguna operación o se solicita devolución?
Agradezco de antemano su tiempo.