Trabajadores Suspendidos

Estimados colegas buen día. Espero se encuentren bien. Tengo una duda. ¿Los trabajadores suspendidos con autorización del Ministerio de Trabajo, deben reportarse suspendidos en la planilla del IGSS? Ya que no se les canceló ningún monto de sueldos en el mes de Junio a estos trabajadores, y estamos viendo que la planilla del IGSS no deja reportar un sueldo con valor 0. El incoveniente que veo al reportarlos suspendidos en la planilla del IGSS es que no contamos con la suspensión de dicha institución, solo del Ministerio de Trabajo. Gracias por sus comentarios.

3 Me gusta

Buenas tardes: Lo que nos indicaron en el IGSS (cuando tuvimos la fortuna de ser atentidos) es que deben colocarse los trabajadores en la pestaña de Licencias.

4 Me gusta

Muchas gracias por la información. Si fue un poco dificil que nos respondieran en el IGSS, pero al final se pudo. Efectivamente indican que debe colocarse en la pestaña de Licencias. Saludos.

1 me gusta