Buen día
Quisiera saber si me pueden apoyar si al tener una suspensión de IVA pequeño contribuyente por omisos se debe seguir presentando las declaraciones en valor 0 en los meses posteriores a la suspensión, si se deja de presentar no pasa nada o se siguen creando omisos?
El cliente al darse cuenta de los omisos volvió a presentar sus declaraciones en valor 0 pero quedó un periodo pendiente a pagar por multa y es por ello que le suspendieron.
La obligacion tributaria prescribe cuando no exista empresa alguna afiliada al NIT de la Persona Natural o Juridica, por lo tanto la Suspension se aplica unicamente para facturar y algunas gestiones que no se pueden realizar.
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Comprendo muchas gracias por el aporte.
Buenas noches Colega, la suspensión de la afiliación al IVA es unicamente por declaraciones de las mismas, por lo cual, si usted dejo de presentar más de 3 y no puede ser localizado de ninguna forma por SAT (vía correo, o domicilio) proceden a la inactivación, y esto le impide poder realizar facturas de ventas, cabe resaltar que si usted cancela los omisos que genera la no presentación, en automático le vuelven a activar la afiliación, pero si ya no sigue presentando sus declaraciones le seguirán sumando los omisos mes a mes.
y esto aplica tanto a régimen de pequeño contribuyente como régimen general.
saludos!!