Buenas tardes
Respecto al pago de sueldos a socios-accionistas de una empresa en el Regimen Simplificado que no tiene empleados, solo 2 socios tengo las siguientes inquietudes:
En resumen
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Si se puede pagar un sueldo (Acta Asamblea de Accionistas)
a. Pero no cumple el requisito para inscripción al Igss ya que no hay empleados. -
Si se puede inscribir en el IGSS hasta 2 socios (si quisieran optar a los beneficios)
b. Se necesitaría tener el mínimo de 3 empleados para aplicar a la inscripción
Entonces
- Al pagar un sueldo, surge la obligación de la empresa
a. Efectuar la Retención de Empleados (5% - 7%)
b. Pagar prestaciones Laborales
Entonces sería más ventajoso para el socio que se realicen salidas de efectivo pagando el 3% de Timbres (que es el mismo porcentaje si fueran dividendos); aunque como bien lo indicó Lic. Blagmiro el caso de ajuste fiscal es un riesgo inherente a esta modalidad de pago al socio.