Cómo debe documentar una empresa recicladora en Guatemala (29-89) la adquisición de bienes usados (electrodomésticos y todo lo relaciones) considerando que los proveedores no entregan factura u otro documento.
@Fas Una empresa recicladora deberá documentar correctamente la adquisición de bienes usados (electrodomésticos, chatarra, plástico, electrónicos, etc.) a particulares o proveedores no inscritos, utilizando la Factura Especial Electrónica (FEL), conforme a la legislación tributaria vigente en 2026.
Documentación Tributaria (SAT)
- Emisión de Factura Especial Electrónica (FEL): Al comprar bienes a una persona individual que no entrega factura, la recicladora (comprador) debe emitir este documento a cuenta del vendedor.
- Retención de Impuestos: Al emitir la Factura Especial, la recicladora está obligada a retener el IVA y el ISR (5% sobre la base de hasta Q30,000, o tasas superiores según el monto).
- Registro de la Operación: La factura debe indicar el nombre y DPI del vendedor. Es obligatorio consignar una nota indicando que el vendedor se negó a emitir factura o no está inscrito, permitiendo la habitualidad en este tipo de compras.
- Pago de Retenciones: Los impuestos retenidos deben pagarse a la SAT dentro de los primeros 10 días hábiles del mes siguiente a la emisión.
Tomar nota: La Factura Especial Electrónica es la herramienta fundamental para cumplir con la SAT al adquirir bienes usados en el sector de reciclaje, asegurando que el costo sea deducible y los impuestos retenidos.
Y para facilidad, DC2 tiene la cálculadora Fact Especial, para dichos cálculos.