Sistema Armonizado 2022 (séptima edición)

El Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías , llamado también Sistema Armonizado o SA, es una nomenclatura internacional de mercancías creada por la Organización Mundial de Aduanas (OMA) World Customs Organization (WCO) por sus siglas en inglés (Hamonized System – HS)

La séptima edición del Sistema Armonizado, ha sido aceptado por las partes contratantes del Convenio del Sistema Armonizado y cobrará vigencia el 01 de enero de 2022, el cual incorpora varios cambios, dando énfasis a la salud y la seguridad, así como la adaptación al comercio de nuevos flujos de productos (avances tecnológicos) y reconocimiento de problemas ambientales y sociales.

Entre los principales cambios:

  1. Los vehículos aéreos no tripulados (Unmanned aerial vehicles -UAV), comúnmente conocidos como drones, también obtienen sus propias disposiciones específicas para simplificar la clasificación de estos aviones. Cabe destacar que las aeronaves no tripuladas, ya sean pilotadas a distancia o autónomas, deben contar con una autorización de la Dirección General de Aeronáutica Civil en Guatemala, entidad que ha contemplado el proceso para realizar el registro de un dron (Registro Aeronáutico Nacional de la Dirección General de Aeronáutica Civil, para que se le reserve un distintivo o número de identificación y con éste será inscrito en el Registro General de la Propiedad)

  2. En la actualidad, hay controversias en la clasificación de mercaderías pertenecientes a la partida 85.28 (subpartida y partida arancelaria por el efecto del DAI de 0% a 15% de pantallas LED, pantallas planas, televisores, etc.). Los módulos de pantalla plana se clasificarán como un producto por derecho propio, lo que simplificará la clasificación de estos módulos al eliminar la necesidad de identificar el uso final.

  3. Se adoptan políticas sobre los desechos electrónicos,

  4. Disposiciones para los nuevos productos a base de tabaco y nicotina

  5. Reconfiguración de la partida 70.19 (fibra de vidrio y sus manufacturas) y la partida 84.62 (maquinaria de conformado de metales)

  6. Reconocimiento de los peligros en los retrasos en el despligue de herramientas para diagnóstico rápido de enfermedades infecciosas (brotes como el ébola, enfermedades respiratorias, etc.)

  7. Investigación médica (placebos y kits de ensayos clínicos), cultivos celulares, toxinas, etc., disposiciones a nivel de seguridad humana.

  8. Protección de la sociedad y lucha contra el terrorismo (las administraciones aduaneras jugarán un rol clave): materiales radioactivos y seguridad biológica, o materiales que pueden desviarse para uso no autorizado (para la construcción de dispositivos explosivos improvisados o detonadores)

  9. Químicos controlados bajo la Convención de Armas Químicas (Chemical Weapons Convention - CWC), Químicos peligrosos, contaminantes orgánicos (persistent organic pollutants -COP), precursores o sustancias para estupefacientes (JIFE), nueva partida 38.27 gases controlados (Protocolo de Montreal), aprovecho la oportunidad para hacer una observación. En el caso del gas refrigerante R22 (catalogado como una mercadería agotadora de la Capa de Ozono), su importación y distribución está prohibida, es por ello que los equipos (domésticos o industriales) que tienen varios años (antiguos equipos) y que aún funcionan, deberán usar sustitutos cuando requieran reposición de su carga refrigerante, probablemente los usuarios no lo sepan, quizá su aire acondicionado o refrigerador viejitos aún pudieran estar funcionando con el refrigerante R22

  10. Continuando con los cambios (La nueva versión del Sistema Armonizado – SA – incorpora muchos más cambios)

  11. Incluyen aclaración de textos, ejemplo: la manera apropiada de medir madera en bruto de la partida 44.03

Si bien se cuenta con casi dos años para su implementación a nivel mundial, esperemos que la Administración Tributaria, inicie el proceso de preparación (a nivel centroamericano) y facilitar para implementarlo oportunamente al SAC (Sistema Arancelario Centroamericano).

El presente resumen y parafraseo (versión original en inglés) fue obtenido de:

http://www.wcoomd.org/en/media/newsroom/2020/january/the-new-2022-edition-of-the-harmonized-system-has-been-accepted.aspx

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Buen aporte Blagmiro_Contreras, ojala y se empiece de inmediato a correr esta normativa, mas aun porque en nuestro país carecemos de cultura amigable con el medio ambiente, ojala la SAT tenga en cuenta de forma inmediata este tema como por ejemplo la FEL que un cerrar y abrir de ojos todos vamos a tener que usar facturas electrónica.

Buen día

Tiene toda la razón, si no veamos lo que sucedió con la implementación de la DUCA en el mes de mayo (sólo fue un cambio en el formato de las declaraciones aduaneras y que prácticamente paralizaron un 75% del comercio exterior y obligo a que implementaran por varias semanas los planes de contingencias)

Omití incluir, entre los cambios del Sistema Armonizado, que los teléfonos inteligentes obtendrán su propia subpartida y partida, que también aclarará y confirmará la clasificación actual de la partida arancelaria de estos dispositivos multifuncionales.

En el 2022 también vence la prórroga concedida por el Ministerio de Ambiente para gestionar y presentar los instrumentos ambientales.

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Quienes esten interesados, en el siguiente enlace, podrán ver la explicación capítulo por capítulo de los cambios en la clasificación arancelaria vigentes a partir del 01 de enero 2022, así como algunas consideraciones a tomar en cuenta.

@Blagmiro_Contreras gracias por compartir tan valiosa información, precisamente uno de esos cambios ya afecto a varios contribuyentes, lo que implica incremento en los productos importados.

Y para los profesionales que tienen el concepto que de nada sirve leer o conocer de las leyes aduaneras en la profesión, acá una pizca de la importancia de esta.