Buenas tardes.
Una entidad no Lucrativa realizará una rifa en efectivo Q 100,000.00 , a qué impuestos y timbres estaría afecta está rifa, y me podrían dar las bases legales disculpen !.
Quedó totalmente agradecido.
Buenas tardes.
Una entidad no Lucrativa realizará una rifa en efectivo Q 100,000.00 , a qué impuestos y timbres estaría afecta está rifa, y me podrían dar las bases legales disculpen !.
Quedó totalmente agradecido.
@elieserrodas debe tener presente que al realizar la rifa debe haber un delegado del Ministerio de Gobernación, así como verificar con la contraloría de cuentas y con SAT. En San Google también puede encontrar más orientaciones.
@Hugo_R_Gonzalez_B muchas gracias .
Disculpe Licenciado, el Impuesto de ISR sobre Rifas, la persona ganadora es quien paga directamente el impuesto, o se debe de hacer retención asi la entidad no Lucrativa paga el impuesto por retenciones.
@elieserrodas todos los impuestos que debe pagar sobre el premio, es la entidad que paga el mismo la obligada a realizar la o las retenciones que correspondan descontándolos del premio. Importante verificar con el Representante de gobernación quién debe estar presente al momento de la Rifa para la validez de la misma.
@Hugo_R_Gonzalez_B Muchas gracias Licenciado.
Buen día estimados.
Un gusto poder saludarles.
Sería tan amable de apoyarme con el siguiente tema que no es de mi conocimiento.
Para poder realizar una rifa, que debo de presentar y en que entidades para poder tener legalidad de dicha rifa.
Agradezco su atención prestada.
@Alexander son varios los requisitos a tener en consideración, y nuestra sugerencia, leer el “Acuerdo Gubernativo 20-82. Reglamento para loterías, rifas y juegos que llevan a cabo personas particulares y sus respectivos derechos”, estos algunos de los
Requerimientos
Puede ampliar sobre el procedimiento a seguir aquí:
https://goo.su/P3vGRv
Le agradezco mucho por el apoyo brindado.
Saludos, comentario
1.- La Entidad No Lucrativa en su Rtu es estrictamente, que solamente recibe donaciones, o bien dicho solamente genera recibos de donación y que en sus impuestos en rtu revisar, algunas entidades por estar exoneradas, no presentan formularios ante la SAT, por ser estrictamente reciben donaciones.
2.- Si fuera así el asesor les debe de dar el tratamiento adecuado, porque van ha recibir por un bien o servicio efectivo.
3.- De lo contrario se convierte en No lucrativa, Mixta, o sea que deberá de actualizar Rtu e inscribirse y reportar los formularios correspondiente, al emitir facturas.
Guatemala 24 julio 2024
@UnisatCrypto