Buen dia, tengo una duda las retenciones del IVA a contribuyentes del regimen general se deben de generar a partir de Q2800 valor monto total de factura, osea Q2500 Base?
Hago la consulta por un par de facturas que me aparecian de esta forma de un proveedor
|Monto (Gran Total)|
|Q2,737.35|
y otra por |Q1167|
El sistema de RETENIVA WEB me muestra solo la primer factura
viene mi persona y pregunta
a lo que me respondieron en el Buzón de RetenIVA fue lo siguiente
“Debe aplicar retención a la factura que, si llega al monto mínimo, la que no es mayor a Q2,500 no se le mostrará en la pantalla de emisión, ya que no procede emitirle retención por el monto.”
Derivado a eso, se le pregunto al Profesional designado del contribuyente especial e indica que es sobre Q2800 monto total o sea precio base Q2500
e indica que tienen la orden de que se debe aplicar de esa forma y si el sistema mostraba eso no le debiamos de retener, hasta que aparezca una factura mayor a Q2800 precio total
Que me recomendarían, cual seria sus sugerencias mis estimados.
Buenos días Rodrigo, desde nuestra experiencia la retención es obligatoria a partir de Q2800 total, Q2500 base. A facturas menores aunque no es obligación sí se puede retener.
Igual esperemos a que otro integrante del foro comparta experiencias y/o criterio.
Buenas tardes, siguiendo las recomendaciones del licenciado Hugo que nos invita a buscar y leer los temas relacionados que ya fueron abordados, busqué y comparto el siguiente enlace.