Retención del IVA

Buen dia, tengo una duda las retenciones del IVA a contribuyentes del regimen general se deben de generar a partir de Q2800 valor monto total de factura, osea Q2500 Base?

Hago la consulta por un par de facturas que me aparecian de esta forma de un proveedor

|Monto (Gran Total)|
|Q2,737.35|
y otra por |Q1167|

El sistema de RETENIVA WEB me muestra solo la primer factura
viene mi persona y pregunta
a lo que me respondieron en el Buzón de RetenIVA fue lo siguiente

“Debe aplicar retención a la factura que, si llega al monto mínimo, la que no es mayor a Q2,500 no se le mostrará en la pantalla de emisión, ya que no procede emitirle retención por el monto.”

Derivado a eso, se le pregunto al Profesional designado del contribuyente especial e indica que es sobre Q2800 monto total o sea precio base Q2500
e indica que tienen la orden de que se debe aplicar de esa forma y si el sistema mostraba eso no le debiamos de retener, hasta que aparezca una factura mayor a Q2800 precio total

Que me recomendarían, cual seria sus sugerencias mis estimados.

Buenos días Rodrigo, desde nuestra experiencia la retención es obligatoria a partir de Q2800 total, Q2500 base. A facturas menores aunque no es obligación sí se puede retener.
Igual esperemos a que otro integrante del foro comparta experiencias y/o criterio.

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Decreto 20-2006 Articulo 10 indica que a partir de Q 2,500.00 monto base…

Buenas tardes, siguiendo las recomendaciones del licenciado Hugo que nos invita a buscar y leer los temas relacionados que ya fueron abordados, busqué y comparto el siguiente enlace.

Ojalá sirva para aclarar la duda planteada.

estimado, si en el total de la factura esta consignado el monto de Q2,500.00 debe practicar retención de iva en el porcentaje que le endique la ley.

@TUTTOBENECO aquí está la respuesta y el artículo indicado anteriormente.

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