Retención de ISR pago de dietas

Buen día

En teoría se trata de Rentas del Trabajo (si las dietas forman parte de las actividades o funciones que por razón del cargo o puesto le son inherentes), el Agente Retenedor le retiene el 5 o 7% y timbres, dicho contribuyente no tiene obligación de emitir facturas por ese concepto (Rentas de Actividades Lucrativas)

Después de las reformas fiscales del 2012, la Administración Tributaria publicó la Resolución SAT-234-2013, sobre el tratamiento de las dietas y viáticos.

Resumen: Entre otros posibles escenarios, en caso de que la dieta o viáticos se cobren para realizar una actividad distinta a las funciones de la relación laboral, las remuneraciones o pagos son considerados Renta de Actividad Lucrativa y el contribuyente que lo reciba deberá entregar factura para su cobro y el Agente de Retención deberá aplicar la retención del Impuesto Sobre la Renta.

Para mejor comprensión las siguientes imágenes ilustran los posibles escenarios



Curiosamente no encontré en el portal de la SAT, el enlace para descargar dicha resolución pero la puede descargar en los siguientes enlaces:

http://www.eysconsultores.yolasite.com/resources/Resolucion%20264-2013%20Tratamiento%20de%20Viaticos%20y%20Dietas.pdf