Resolución No.SAT-DSI-589-2026

A continuación comparto un breve resumen de las obligaciones y derechos del Perito Contador y/o Contador Público y Auditor al estar registrados ante la SAT y la Resolución publicada, debidamente maquetada.

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Gracias Lic.

Saludos

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Muchas gracias Lic. por el aporte.

Al respecto de la resolución, considero que existen ambiguedades y extralimitaciones de SAT en esta, el por ejemplo, cuando establece la facturación la misma no contempla el caso de los contadores cuando son asignados y trabajan para una oficina contable o firma de auditoría. Este tema considero que generará problemas y confusiones y se presta a extralimitaciones de SAT.

Adicional, nos está obligando a realizar funciones que son propias de otras entidades, al pretender que realicemos actividades de investigación y denuncia. Si bien es cierto, que estamos obligados al presentar una denuncia ante un delito, tambien es cierto que nuestra función es meramente técnica, en el casó de Peritos Contadores. Y para presenter una denuncia se debe realizar sobre bases sólidas, pues de lo contrario nos exponemos a una denuncia por difamación.

El otro punto importante es que la resolución se extralimita, pues la SAT tiene todo el derecho según ley de establecer un registro, pero no así de imponer acciones o limitaciones que podrian no ser facultad del Perito Contador o del Auditor.

Espero aporte este comentaro.

Saludos.