Requerimiento de información dice

Nos llego este requerimiento, tendrá algo que ver con la liberación del secreto bancario?

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Buen día

La Administración Tributaria ha detectado en algunos contribuyentes variaciones significativas en su ecuación patrimonial, originada por operaciones comerciales o mercantiles por montos o frecuencias que no han sido apropiadamente documentadas o bancarizadas (operaciones en efectivo) y que los contribuyentes deben demostrar o comprobar que sus operaciones y transacciones (conforme la capacidad económica o financiera del contribuyente) para realizar dichas operaciones, podrían darse las condiciones de una “DUDA RAZONABLE” para efectos tributarios.

El cruce de información que realiza en forma periódica la Administración Tributarias por medio de las distintas plataformas electrónicas: FEL, Efaces, RetenIVA, RetenISR, ExenIVA, AsisteLibros, PlanIVA, etc., en el cual quedan registradas muchas operaciones o transacciones comerciales o mercantiles por compras o ventas, versus lo que dicho contribuyente ha reportado en sus Declaraciones de Impuestos, la SAT puede utilizar mecanismos para detectar inconsistencias o datos incompatibles (en otros países se le conoce como declaración sombra o espejo), por lo cual la SAT requerirá información a contribuyentes o terceros a efecto de determinar si el contribuyente ha satisfecho correctamente su obligación tributaria.

Cada contribuyente tiene un perfil económico según su actividad o giro del negocio, se podrían mencionar muchos casos de “DUDA RAZONABLE” para efectos tributarios, sin embargo se pueden mencionar los siguientes:

Según datos publicados por la Administración Tributaria, al mes de junio 2019, la recaudación tributaria alcanzó un déficit de Q1,457.2 millones respecto a la recaudación programada (95.3% de ejecución)

Dentro de la ejecución del Plan Operativo Anual de SAT, contempla varias acciones para reducir la evasión y defraudación tributaria y aduanera: planes de control y fiscalización a contribuyentes principalmente de contenido informático (fiscalización electrónica), actualización del RTU, implementación o mejoras de las plataformas electrónicas (Agencia Virtual, Sistemas Web), etc.

Sólo en el mes de mayo, la Gerencia de Investigación fiscal – GIF –, Traslado insumos a la Intendencia de Recaudación para la ampliación de la base tributaria. Se identificaron 9,525
contribuyentes inscritos en el Registro Mercantil durante el período enero 2012 a diciembre 2017, sin inscripción en la Administración Tributaria

En los meses de mayo y junio, la GIF traslado más de 140 insumos a la Intendencia de Recaudación por inconsistencias detectadas en la compraventa de bienes inmuebles, por un monto aproximado de Q14 millones

Han sido más enfáticos en el control Disuasivo del IVA (Proyecto DISUASIVA), sólo por citar algunos ejemplos:

Traslado de 3,562 NIT de contribuyentes a la Intendencia de Recaudación que fueron reportados como principales proveedores y no presentaron la Declaración de IVA General Mensual del período impositivo abril de 2019 con un monto base de Q 202,566,234.24

Traslado de 83 insumos para la Intendencia de Fiscalización, producto del análisis realizado del apartado “Detalle de Proveedores Locales (crédito fiscal)” de IVA General Mensual abril 2019 SAT-2237; detectando declarantes cero con facturación y posible omisión en los ingresos reportados por un monto base de Q 319,692,848.90

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Muy agradecido por su amplia explicación

Para mi cliente es la primera vez que le solicitan dicha información

Vamos a tomar las medidas pertinentes para preparar y presentar la documentación correctamente

Saludos cordiales

Buenos días Lic
que buena información, muy importante

Saludos

muy interesante y de mucha utilidad todos los aspecto explicados. muchas gracias

t deseamos muchos exitos en tu trabajo

Muchas gracias!, estamos en contacto!

Gracias por la informacion. Nos hace estar atentos a futuras revisiones

Buen día, Lic. Blagmiro_Contreras, puede sat imponer multa del 1% sobre los ingresos del periodo anterior. Por no haber conciliado de 1 a 2 cuentas Bancarias que fueron omitadas por el contribuyente proporcionarme la información.

@dany20088 aunque no soy el Lic.@Blagmiro_Contreras SAT si puede y está facultada para hacerlo según el artículo 93 del Código Tributario “Resistencia a la Acción Fiscalizadora” es claro en la sanción a imponer y/o impuesta por la siguiente causa:

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Muchas Lic. Hugo_R_Gonzalez_B, por su repuesta.

Buenos dias…de hecho este requerimiento lo esta realizando SAT para verificar que se estan elaborando las conciliaciones bancarias que establece el Codigo Tributario…si en dado existiera una inconsistencia o estuviera mal elaborada la conciliacion estan aplicando la multa por resistencia a la accion fiscalizadora; lo cual considero incorrecto ya que estan multando de la misma forma a los que no presentan la informacion requerida…lo cual es injusto…

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