Reintegro de gastos a no residentes

Buenos días a todos:

Un socio de la empresa es NO RESIDENTE e hizo varios gastos en el exterior, según estado de cuenta de la tarjeta de crédito, los que quiere se le reintegren. Las erogaciones son por compra de equipo, pago de taxi y boleto aéreo.

¿Es evidencia suficiente y competente, el estado de cuenta?

¿Debo hacerle retención si es solamente reintegro?

Gracias por su ayuda.

@Edvin con relación a sus dudas:

  1. NO, de conformidad a la Ley del ISR debe sacar fotocopia al pasaporte para evidenciar salida y entrada.

  2. Documentar el motivo del viaje y que se pueda comprobar para efectuar el reintegro de gastos. (Entregando facturas de gastos, Ticketes del boleto áereo entre otros).

  3. Determinada la cantidad a reembolsar, realizar las retenciones correspondiente de acuerdo a las facturas entregadas.

O esperemos la opinión de otros participantes del foro.

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Buena tarde:

En este caso para que los gastos sean deducibles en la empresa pues se podrían tomar como viáticos por alguna comisión fuera del país y como todo documento del extranjero no será aprovechado en temas de impuestos puede la empresa emitir una Factura Especial a nombre del socio indicando en la descripción que es por comisión en el extranjero y descontando o bien absorbiendo los impuestos (ISR e IVA) por la emisión de la misma.

Lo mejor sería contar con las facturas o voucher que documenten las compras y no solamente con el estado de cuenta de la tarjeta.

Es la solución que le puedo compartir y siempre esperemos la participación de más foristas que nos puedan apoyar con su duda.

Saludos;

AR

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