Regulación de perdidas y ganancias

Buena noche estimados compañeros auditores y contadores

Quisiera su apoyo con un caso que he encontrado en mis labores, recibimos una contabilidad iniciada en el 2021 de la cual el ese año y el siguiente (2022) han tenido perdidas en sus estados de resultados, ahora que estamos cerrando la contabilidad del año 2023 el estado de resultados arrojó ganancias que superan las perdidas de los años anteriores, mi consulta es como se procede en este caso fiscal y contablemente.

quisiera aclarar que la empresa se encuentra en el regimen opcional simplificado sobre ventas

Desde ya agradecido por sus comentarios.

Carlos buenos días

Si logre comprender bien tu planteamiento, las consideraciones del caso serían las siguientes:

  • La utilidad o pérdida del año (o del período) es un resultado aritmético que se presenta en el Estado de Resultados, al efectuar el cierre anual el resultado se traslada al rubro de Capital en el Balance General.

  • En el Capital puedes utilizar 1 o 2 cuentas, esto con base a los requerimientos de información de cada empresa, regularmente se usa Utilidad (Pérdida) del Período y la de Utilidad (Pérdida) Acumulada.

  • Al iniciar un nuevo año contable, el valor de la cuenta Utilidad (Pérdida) del Período se traslada a la cuenta Utilidad (Pérdida) Acumulada, en donde se netean los resultados.

  • Para efectos tributarios no podés compensar pérdidas de años anteriores con utilidades del año actual; lo cual tendría beneficio si estuvieras en el régimen sobre utilidades, estando el opcional simplificado no tiene ninguna repercusión en el cálculo y pago del ISR.

Espero que lo anterior pueda servirte en algo a tu duda.

Saludos.

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