Buenas tardes, si un empleado goza sus días de vacaciones solicitandolos eventualmente, el cumple con sus 15 días, pero en la provisión del pasivo por vacaciones no se registra el movimiento porque no se las pagué, cual es el tratamiento contable, se registra para rebajar el pasivo a otros ingresos
1,000.00 Vacaciones (pasivo)
1,0000.00. Otros ingresos (gastos)
O como es el proceder, gracias
@ERICK_OMAR debe rebajar sueldos-salarios en vez de otros ingresos.
Por mi solo debe reversar el registro que hizo al hacer la provisión o reserva.
Saludos,
Eric buenas noches
En complemento, y con base lo que yo tengo entendido, en este tema hay que tomar en consideración los aspectos siguientes:
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Las vacaciones no se pagan, se deben gozar. Es ilegal tanto para el patrono como para el trabajador ya que es un derecho irrenunciable.
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Si el trabajador renuncia o es despedido, entonces se procede a pagar lo no gozado.
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En esencia las vacaciones son un sueldo no trabajado, por eso varios optan por no provisionarlas, ya que en el mes en que el trabajador goza de dichas vacaciones, hay una partida donde registras el 50% del salario y el otro 50% se registra en vacaciones (en el supuesto de 15 días trabajados y 15 días de vacaciones.
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Si existe la obligación sea por aspectos de imposición legal o convenido de trabajo de dar un bono vacacional, lo que se paga es el bono para que disfrute de mejor forma sus vacaciones, no el período de descanso por vacaciones.
Si provisionaste, supongo que la partida debió quedar algo así:
Vacaciones gasto (debe) Q.1,000.00
Vacaciones provisión (haber) Q.1,000.00
Por lo tanto al momento de que el trabajador las goce, la partida quedaría así:
Vacaciones provisión (debe) Q.1,0000.00
Bancos (haber) Q.1,000.00
Como mencione, este es un criterio que expreso como complemento a lo ya expresado, y sugiero que revises lo relacionada al tema en la Constitución Política de la República, Código de Trabajo y en el Impuesto Sobre la Renta. Espero haber contribuido en algo.
Saludos.
en mi experiencia, las vacaciones como gasto se utiliza únicamente cuando el trabajador rompe su relación laboral con la empresa, en caso contrario el trabajador goza sus vacaciones y se le paga su slario normal, por esto se da el concepto de vacaciones pagadas
Licenciado disculpe se separa solo en el libro de salario o en la planilla, que pasa un empleado goza sus 15 dias de vacaciones en un mes si lo separo en la planilla entonces el igss se paga solo sobre el 50% y que pasa con el bono incentivo, tambien se pone solo 50%
Alem buenos días.
Para efectos del IGSS se reporta como sueldo, caso contrario le disminuiría el promedio salarial en el IGSS para efectos de pagos que le tenga que hacer el seguro social por suspensión o jubilación. No hay que perder de vista que las vacaciones son un sueldo no trabajado.
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Saludos.