Registro de devolucion de mercaderia del año pasado

Buena noche

Tengo una inquietud como registro la devolución de mercadería del año 2021 que hizo un cliente y por consiguiente se le hizo una nota de crédito en el año 2022.

Gracias por su apoyo.

@Luisla deberá afectar la cuenta de resultados (Pérdida o Ganancia) de dicho período 2021.

¿La devolvió en 2021 y ahora se le hizo la nota de crédito o sólo fue la venta la que se realizó en 2021?

En el año 2022 se deben
afectan las Utilidades Retenidas del periodo 2021, Tanto por el ajuste de la venta o ingreso como por el costo de venta, recuerde que debe de dar ingreso nuevamente al inventario; es decir que al ajustar la venta debe hacerlo contra Utilidades Retenidas y al darle ingreso al inventario debería de ajustar también las Utilidades Retenidas, el efecto neto queda en las UR.

Buenas tardes, mis comentarios.
Primero: si la venta de la mercadería en el 2021 lleva más de 2 meses al momento de la devolución, ya no procede una Nota de Crédito, para esto existe la Nota de Abono, no maneja IVA, ver articulo 31 del Reglamento del IVA.

Segundo: antes de mandarlo a Utilidades retenidas, se tiene que identificar la forma de contabilización de los inventarios y su regularización, es decir bajo que método se esta determinando el costo o la valorización de los inventarios. ya que al ingresar la mercadería a nuestra bodega el inventario incrementara, por lo tanto mayor mercadería, da como resultado menor costo de venta.

Recordemos que derivado de nuestra contabilización pueden existir 2 eventos a registrar.

Nota de Abono: se rebajan las ventas y se abono la cartera. en la rebaja de ventas se afecta cuenta de resultados.

Ingreso de la mercadería devuelta: incrementa inventarios y se rebaja cuenta de costos.

al final el efecto podría ser cero en los resultados, ya que en la nota de abono se disminuye el ingreso (perdida para la empresa), pero en los inventarios se rebaja el costo (ganancia para la empresa).

hay que poner mucha atención a los impuestos ya que la parte del IVA no se debe contemplar en la nota de abono y podría ser una perdida para la empresa.