Registro contable del IUSI al ISO

Estimados buenos días.

Con un consulta, al momento de restar el pago de IUSI del trimestre al ISO en el formulario 1608, como se debe registrar contablemente.

Yo considero que el ISO pagado mas el pago con IUSI debe ser ISO total y debe reflejarse en el balance. Para mi que el IUSI pagado es ISO.

Agradezco sus comentario.

Feliz día.

Buen Día:

En este caso @SIDCONSULTORES no es que el IUSI efectivamente pagado dentro del trimestre se acredite al ISO; sino que es restado del total a pagar.

Por un lado es el IUSI pagado y por otro el ISO que tiene que pagar, el IUSI reportado en su Balance General es el total que le determine el Formulario SAT - 1608.

Base tomada es el artículo 9 del Decreto Ley 73-2008 y lo único que es acreditable es el ISR al ISO y viceversa (Art. 11) del mismo decreto.

Espero poder aclarar su duda y cualquier consulta adicional quedo a sus ordenes.

Saludos;

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Buenos días. Solo hago un recordatorio a los filtros de presentación de los participantes en este foro.

En relación a su pregunta, NO se puede acreditar IUSI a ISO. según la ley del ISO el unico impuesto acreditable es el ISR.

Talvez usted hace mención que para determinar la base imponible del ISO se debe rebajar el pago trimestral del IUSI, pero eso es muy diferente a interpretar que se puede compensar. y pagar menos ISO.

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Gracias. En conclusión mi balance debe reflejar el total del ISO que muestra mi formulario independientemente reste el pago del IUSI.

El ISO que muestra mi formulario será el ISO que puedo utilizar para acreditar al ISR.

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Gracias por su observación y tiene razón utilice mal el termino al momento de plantear mi pregunta.

Correcto. y feliz día.

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Buen Día:

Es correcto @SIDCONSULTORES el ISO que debe reflejar en su Balance y el que puede acreditar al ISR es el efectivamente pagado.

Saludos;

Como referencia:

ARTICULO 9. Determinación del impuesto.

El impuesto se determina multiplicando el tipo impositivo por la base imponible establecida en el artículo 7 de esta Ley. Si la base imponible fuere la cuarta parte del monto del activo neto, al impuesto determinado en cada trimestre, se le restará el Impuesto Único Sobre Inmuebles efectivamente pagado durante el mismo trimestre.

Ley del ISO

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