Registro contable de las donaciones recibidas en especie

Buena noche colegas, deseando que se encuentre bien tod@s, y a la vez deseo consultarles sobre una situación que se me presentó.
Una empresa S.A. recibió una donación en especie y se trata de propiedad planta y equipo. Por esta situación, me gustaría saber por favor, sus opiniones o recomendaciones respecto de la forma en la que se debe documentar y registrar contablemente el ingreso de este bien a la empresa; considerando que por la naturaleza o tipo de figura legal, la SAT no autoriza los recibos de donación.
Saludos a todos y gracias de antemano por sus valiosos aportes.

Saludos,
De forma general comentario, hace falta elementos por conocer. (Vehiculos, Bienes Inmuebles, Maquinaria, u otro).

  • Tener los documentos con que han recibido (Maquinaria, bienes Inmuebles) No vehiculos.
    por temas de Lavado de Dinero y Otros Activos.
    Abogado y Valuador, en el caso X que no conozcan al donante, pueden verificar con las placas de la maquinaria o equipo en la entidad correspondiente verificar dueño, si fuese inmueble en registro de la propiedad, si esta registrado a otro nombre.
    Todo con lleva a los pagos de honorarios + los gastos.
  • Contratar a un valuador para el informe del precio de mercado
  • Contratar abogado con el informe del valuador, Escrito de Aportacion de Socios
  • Solicitar al donante la factura original, carta de la donación hacia la empresa o Socios
  • Figura de Aportes de Capital
  • Acta de la Junta Directiva , con el aporte de socios

Guatemala 05 noviembre 2020

Muchas gracias por tu aporte @UNISAT, lo agradezco mucho; en efecto, a manera de brindar más información, la donación consiste en una máquina nueva, y se recibió de una ONG.

@Walterin en este caso sugiero solicitar copia de la factura y adjuntar la misma al recibo de donación que extenderá por el valor consignado en dicho documento, y el donante tenga el comprobante adicional (Recibo).

Buena noche estimado Lic. @Hugo_R_Gonzalez_B muchas gracias por su valioso comentario, si me permite, me gustaría ampliar que en este caso la empresa que recibió la maquinaria en donación, es una Sociedad Anónima, y la SAT no le autoriza los recibos de donación.

Verifica NIF A3 y C6

@Walterin en el presente caso por ser especial y no contar con recibos de donación por la NO autorización de SAT, sugiero suscribir un acta notarial en donde explique las circunstancias que originan dicha donación, y el valor del bien tomarlo de la fotocopia del documento en donde se compro el bien ello para realizar el Registro en Propiedad, Planta y Equipo de la S.A. e iniciar la depreciación de la misma.

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Saludos, Me puedes hacer el favor de mostrarme o explicar con algún ejemplo la aplicación A3 y C6 para entenderlo y asi adquirir este conocimiento.
Gracias.


Guatemala 17 septiembre 2021
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@UNISAT y @Mauricio.Diaz en lo personal también me quedo la duda teniendo en consideración lo siguiente:

  1. NIF A3 hace referencia en resumen y en pocas palabras a: tiene como objetivo especificar la información financiera a revelar cuando se realiza una combinación de negocios.

  2. NIF C6: norma financiera que se ocupa de los conceptos de propiedades, planta y equipo en cuanto a su tratamiento contable y financiero integral y determina la depreciación de los componentes o activos fijos

Concluyo:
La primera en este caso NO aplica, no hay una combinación de negocios porque se trata de una Donación.
Y la segunda aun no se aplica porque el bien recibido en Donación si no existe un documento legal que acredite la propiedad No se puede clasificar como propiedad de la S.A. aunque este bien ya este en las instalaciones de la empresa.

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En mi humilde opinión:

Definitivamente toda donación dineraria o no dineraria, deberá contener el o los documentos fehacientes que demuestre tal donación, que en el presente caso sería el de la donación de la Maquinaria que menciona @Walterin.

La NIF A3 se refiere a Necesidades de los usuarios y objetivos de los EF. Específicamente en el párrafo 22, en las literales que considero importantes, entre otros: c) evaluar la capacidad de la entidad para generar recursos o ingresos por sus actividades operativas; y e) formarse un juicio de cómo se ha manejado la entidad y evaluar la gestión de la administración, a través de un diagnóstico integral que permita conocer la rentabilidad, solvencia y capacidad de crecimiento de la entidad para formarse un juicio de cómo y en qué medida ha venido cumpliendo sus objetivos;

Por otro lado la NIF C6, en otras consideraciones, dice: “Cuando un componente ha sido adquirido sin costo alguno, ya sea por donación o por que esté totalmente subsidiado, su costo de adquisición debe ser nulo; salvo en el caso de una entidad no lucrativa, en cuyo caso el componente debe reconocerse en términos de lo dispuesto por la NIF E-2, Donativos recibidos u otorgados por entidades con propósitos no lucrativos

Considerando lo anterior, de acuerdo a las NIF, la Maquina (donada), en realidad no surgió de la actividad operativa de la S.A., por lo que si dicho activo se registra con un valor (no nulo), no sería una información confiable para la toma de decisiones, pues los EF deben de indicarnos de cual y cómo ha sido el comportamiento de la S.A., y de lo que está haciendo (… generar recursos o ingresos por Sus actividades operativas)

Ahora bien, para las entidades con fines no lucrativas, si pueden reconocerse como parte de los ingresos del periodo, además de reconocer los activos o los decrementos en los pasivos según corresponda, según lo que indica también la NIF E2, Donativos recibidos u otorgados por entidades con propósito no lucrativos.

Lo relacionado a combinación de negocios, la trata la NIIF 3.

Sé que al respecto hay más opiniones de otros colaboradores, y si nos pueden enriquecer con infotmacion/conocimiento, en hora buena.

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En mi humilde opinión:

Definitivamente toda donación dineraria o no dineraria, deberá contener el o los documentos fehacientes que demuestre tal donación, que en el presente caso sería el de la donación de la Maquinaria que menciona @Walterin.

La NIF A3 se refiere a Necesidades de los usuarios y objetivos de los EF. Específicamente en el párrafo 22, en las literales que considero importantes, entre otros: c) evaluar la capacidad de la entidad para generar recursos o ingresos por sus actividades operativas; y e) formarse un juicio de cómo se ha manejado la entidad y evaluar la gestión de la administración, a través de un diagnóstico integral que permita conocer la rentabilidad, solvencia y capacidad de crecimiento de la entidad para formarse un juicio de cómo y en qué medida ha venido cumpliendo sus objetivos;

Por otro lado la NIF C6, en otras consideraciones, dice: “Cuando un componente ha sido adquirido sin costo alguno, ya sea por donación o por que esté totalmente subsidiado, su costo de adquisición debe ser nulo; salvo en el caso de una entidad no lucrativa, en cuyo caso el componente debe reconocerse en términos de lo dispuesto por la NIF E-2, Donativos recibidos u otorgados por entidades con propósitos no lucrativos

Considerando lo anterior, de acuerdo a las NIF, la Maquina (donada), en realidad no surgió de la actividad operativa de la S.A., por lo que si dicho activo se registra con un valor (no nulo), no sería una información confiable para la toma de decisiones, pues los EF deben de indicarnos de cual y cómo ha sido el comportamiento de la S.A., y de lo que está haciendo (… generar recursos o ingresos por Sus actividades operativas)

Ahora bien, para las entidades con fines no lucrativas, si pueden reconocerse como parte de los ingresos del periodo, además de reconocer los activos o los decrementos en los pasivos según corresponda, según lo que indica también la NIF E2, Donativos recibidos u otorgados por entidades con propósito no lucrativos.

Sé que al respecto hay más opiniones de otros colaboradores, y si nos pueden enriquecer con infotmacion/conocimiento, en hora buena.

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ok gracias por compartir la opinión.

@Mauricio.Diaz gracias por el aporte brindado.

Buen día

Es oportuno señalar el principio de contabilidad

SUSTANCIA ANTES QUE FORMA.

Las transacciones y eventos económicos deben contabilizarse y presentarse de acuerdo con su sustancia y realidad financiera y no solamente de acuerdo con su forma.

Según la exposición de su publicación en el Foro, la forma descrita es una donación.
La legislación guatemalteca (materia privativa) contempla las donaciones, pero deben configurar ciertos elementos y cumplir con las disposiciones legales que correspondan conforme su sustancia.
En la legislación fiscal para contribuyentes donantes tienen el beneficio de una compensación (deducción) dentro de los límites legales de donaciones hacia entes exentos o sin fin fines lucrativos (a favor del Estado, las Universidades, entidades culturales o científicas no tienen límite, pero las asociaciones o fundaciones legalmente inscritas, la deducción por donación no pueden exceder del 5% de la renta bruta del donante, ni del un monto máximo de Q500K).

Ahora bien, la forma descrita es una donación (según indica proveniente de una ONG, tomar en cuenta que hubieron reformas a la Ley de ONG-Decreto No. 4-2020 -y verificar que no se infrinja dicha normativa) pero el donatario es una Sociedad Mercantil (S. A.), debe aclararse que para éste (S. A.) no aplica dispensa total o parcial del cumplimiento de la obligación tributaria (sujeto pasivo) del negocio jurídico que se derive (contrato)

Sin prejuzgar el contrato que se hubiere confeccionado y/o perfeccionado para ese propósito, el Código Civil regula la donación (remuneratoria, gratuita y onerosa) entre vivos, pero éste es entre personas individuales.

A falta de mas elementos de juicio, debe tomarse en cuenta el numeral 9 del artículo 3, y numeral 4 del artículo 13 de la Ley del IVA (hecho generador). Ultimo párrafo del numeral 22 del artículo 21 y literal d del artículo 23, ambos de la Ley de Actualización Tributaria.
Por último, observar el artículo 30 de la Ley de Actualización Tributaria (si en esencia es un contrato traslativo (absoluto o relativo) de dominio a cualquier título ya sea oneroso (compraventa) o gratuito (donación)

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ACLARACIÓN:

En esta caso según lo indicado por el usuario @Walterin entendí que quién recibió la donación fue la Sociedad Anónima, y NO es está la donante.

Muchas gracias todos por sus valiosos aportes, si me lo permiten me gustaría ampliar:

  1. La donante es una ONG que opera en el país y la fuente de sus recursos económicos son donaciones del extranjero, en tal sentido, dichos fondos se perciben a través del planteamiento de algún proyecto con enfoque de ayuda a emprendedores, desarrollo comunitario, conservación de recursos naturales, etcétera.
  2. El caso es que en uno de los proyectos hubo un fondo destinado para la compra de una maquinaria para una S.A.
    El planteamiento de la pregunta original es, ¿cómo se registra esta donación en la contabilidad de la S.A. y como se documenta legalmente dicha adquisición? Tomando en cuenta que la SAT no autoriza los recibos de donación a este tipo de entidades (S.A.)

Mis agradecimientos de antemano para cada uno por sus opiniones y recomendaciones. Bendiciones.