Prorrateo de costos

Estimados buenas días quisiera solicitar su ayuda con la siguiente duda en el tema de prorrateo. Tengo la siguiente información

Factura Mercadería Proveedor $18,000.00

DUA
FOB = $16,950.00
FLETE$1,050.00
SEGURO $233.06

TOTAL $18,233.06 * 7.3387 = 13,3806.96 *12% = 16,056.84

GASTOS DE IMPORTACION
HONORARIOS
LICENCIAS SANITARIAS
TIMBRES
FLETE LOCAL
SEGURO DUA

TOTAL Q.11,234.55

GASTOS IMPORTACION 11,234.55
FACTURA PROVEEDOR 132096.60

TOTAL COSTEO 143,331.15

De todos los gastos tengo documento que lo respalda a excepción del Seguros que eso viene reflejado en el DUA.

El procedimiento que se esta utilizando para registrar los gastos de importación es registrar en una cuenta de Gastos de importación quedando de la siguiente forma

GASTOS DE IMPORTACION
DEBE HABER
11234.55 9523.57

el saldo que me queda pendiente de liquidar es de Q1,710.98 que corresponde a los $233.06 del seguro que viene reflejado en el DUA.

Para mi no deberíamos registrar el seguro como parte de los gastos de importación. ya que no tengo un documento contable que hayamos pagado este seguro.

Al final esta diferencia que no se puede sustentar se reclasifica a Otros Ingresos.

Por favor quisiera saber su punto de vista para la correcta contabilización de los prorrateos.

De antemano, gracias por la ayuda.

Saludos.

Ese seguro es un estimado que hace SAT sólo para cálculo de impuestos aduanales, no lo debería tomar para el costo ni aparecer en el registro contable. En la oficina esta partida la hacemos casi manualmente porque el IVA no coincide con lo que estamos dándole ingreso, sólo verificamos que en el libro de compras y en la cuenta del IVA crédito importaciones cuadre todo.

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@JC_Garcia con relación a su pregunta como podrá observar, ese valor fue tomado en consideración para el cálculo del IVA el cual está soportado por la póliza de importación correspondiente, razón por la quel si procede el registro del mismo como parte del costo.

Si lo excluyera, el efectuar el cálculo del IVA no le cuadrará la base.

Saludos

En este caso, creo que si debiera tomarse en cuenta para el cálculo del IVA para que cuadre con el libro de compras. Pero se debe regularizar el costo que no esta soportado con documento contable ya que esteno procede.

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Buen día

En adición a lo expresado por los participantes del Foro, debe considerar el Incoterms en que vienen expresados los valores de la factura comercial. ejemplo: EXW, FAS, FOB, CIF, etc.

Incoterms (international commercial terms, ‘términos internacionales de comercio’) son términos, de tres letras cada uno, que reflejan las normas de aceptación voluntaria por las dos partes —comprador y vendedor—, acerca de las condiciones de entrega de las mercancías y/o productos. Incoterms - Wikipedia, la enciclopedia libre

En el caso del seguro. Se debe declarar el valor que el importador haya pagado o tenga que pagar en concepto de prima o costo del seguro.
Cuando el importador no incurra en este gasto, deberá declarar la tarifa usual que el Servicio Aduanero haya establecido. Hasta la presente fecha se utiliza el Oficio Circular Interno No. 04-89 de la antigua Dirección General de Aduanas, el cual estable los porcentajes para el cálculo de Gastos de Seguro en la Importación de Mercancías según el medio transporte utilizado sobre la base del valor FOB:

  • Terrreste 1.375%
  • Marítimo 1.65%
  • Aéreo 2.20%

Saludos.

Buen día, por experiencia cuando no viene ningún documento que respalde el seguro que determina la DUA dicho seguro no lo aplico al costo debido a que no existe ningún gasto a pagar por parte del importador por ese seguro, solo lo considero para el calculo del IVA en el libro de compras, ahora cuando dicho seguro viene respaldado con documento y el importador tenga que pagar entonces si se debe incluir como parte del costo de la mercadería.

Saludos.

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