Pérdidas acumuladas en el Flujo de Efectivo

Buen dia estimados del foro.
Tengo una duda. En una contabilidad de una empresa individual, que trae una perdida acumulada del año 2020 de Q300.00 y la perdida se capitalizó en el año 2021:

30-01-2021
Capital Q300.00
a Perdida Acumulada Q300.00

Mi consulta es ¿esta partida debe ir en el rubro de Actividades de Financiamiento en el Flujo de Efectivo? o ¿no debe registrarse en Efecto en Flujo de Efectivo?

Gracias de antemano.

@Saqueo_Chim la partida que realice es independiente de la clasificación que ya debió haber efectuado en el catálogo de cuentas desde el inicio.

Sugiero verificar sus cuentas del catálogo y que las mismas estén debidamente clasificadas, se puede auxiliar con la empresa demo.

Gracias por su valiosa respuesta.

Como aporte adicional, tomar en cuenta que de acuerdo al código de comercio, únicamente se puede compensar perdidas con ganancias futuras, por tanto en ningún momento se puede compensar las perdidas con la cuenta de CAPITAL, como indico el Lic Hugo revisar su catálogo ya que deben ir separadas en las cuentas de CAPITAL.

Gracias por su aclaracion.
Esta restricción que establece el Codigo de Comercio, que las perdidas se puede compensar unicamente a ganancias futuras, ¿Aplicará tambien a empresas individuales? Ya que en el Codigo de Comercio unicamente lo especifica para Sociedades.