@Betoo_Lomas le falto leer los artículos del 15 al 23 de la Ley y el Reglamento, para tener el panorama general de como llegar al IVA por pagar o crédito del mes. Hoy en la práctica hemos caído en que todo lo que debe hacerse en situaciones fiscales, queremos encontrarlo en la ley tal y como se dice en el vocabulario tributario, lo cual es un error garrafal que cometemos y que en vez de aclarar nos lleva muchas veces a cometer errores.
RAZONES
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Las leyes NO indican como debe hacer los cálculos, establecen lineamientos para llegar a hacer los mismos.
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Siempre debemos relacionar las leyes cuando es necesario. (La mayoría de veces). En este caso con el Reglamento donde existen aclaraciones respecto a los artículos de la Ley relacionados, en este caso con el IVA.
Para tratar de dar respuesta a su interrogante:
La ley del IVA establece claramente que cada mes a los débitos fiscales deberá restar los créditos fiscales, para obtener el IVA que debe pagar o crédito si fuera el caso para descontarlo el siguiente mes y tiene derecho de hacerlo hasta agotar el mismo.
En ningún lugar de la ley va a encontrar la palabra Regularización, ya que está implícita al momento de hacer las operaciones básicas de resta y suma de los Débitos y créditos.
O esperemos la opinión del resto de participantes activos de este foro.