Pago duplicado de impuestos

Estimados
Buenas tardes

Quisiera consultarles si saben que procedimiento debo hacer si alguien hizo el pago de impuestos dos veces solo que en diferentes bancos y diferentes fecha. De esta forma

Industrial 13/06/2017 por Q.318.00
Banrural 14/06/2017 por Q.318.00

corresponde a pago del ISR Mensual

De antemano agradezco la ayuda!!

Saludos.

Hola @JC_Garcia por el tiempo que ha pasado creo que ya no pueden reversar la operación en el banco, hay que pedir el reintegro a SAT. Sin embargo, por el monto pienso que no vale la pena pues el costo de hacerlo será mayor que lo que solicitarán y se están tardando varios años en devolver, el atraso no es tanto por SAT sino el MFP “porque no hay dinero”.

@JC_Garcia

Hace un par de años en ISA la persona a cargo de pago de impuestos a través del banco le dio dos veces al botón de “ENVIAR” y por supuesto debitaron dos veces el impuesto. Eran varios miles de quetzales, así que valía la pena.

Era pago de IVA y fue a finales de marzo (Cuando el banco está lentísimo)

Iniciamos el proceso de devolución que duró todo el año. Varias reuniones con el contador, presentar Libro Diario y Libro Mayor, etc. En diciembre recibimos la notificación de que teníamos un crédito a nuestro favor que se podía usar para pagar el IVA de periodos subsecuentes.

Hola @JC_Garcia y @LuciAguilar como recomendación:

-Partiendo de un costo beneficio no vale la pena.

-Sin embargo, si tiene los recursos para solicitar una compensación a pagos a futuros sería ideal ya que esto tarda menos. Y como plus sí solicitan una compensación, previo a que SAT apruebe dicha compensación les hará una revisión exhaustiva para revisar que no tengan algún tema pendiente con ellos.

La segunda opción tiene dos ópticas:

  • Mejor evitar que SAT empiece a revisar y mejor dejarlo así, ó
  • Tener la certeza que SAT revisará y si encuentra algo se procederá a corregir, y tendrán la tranquilidad que SAT les revisó y no podrían tener problemas a futuro.

Buen día
Francamente no he visto un caso igual

A continuación una sugerencia (PUEDE QUE NO FUNCIONE), pero no pierde nada con intentarlo.

En teoría procede la Rectificación

Primer supuesto, aunque el impuesto se liquida en forma mensual (Art. 45 Ley de Actualización Tributaria - LAT - ), es un impuesto que aún no se ha perfeccionado, existe obligación de presentar una declaración jurada anual informativa correspondiente a los ingresos obtenidos durante el año (último párrafo del Art. 49 LAT)

Segundo supuesto: La plataforma electrónica DECLARAGUATE, fue creada en el futuro para implementar la famosa cuenta corriente (Sistema de cuenta corriente tributaria, artículo 99 del Código Tributario), Declaraguate evitará errores con rectificatorias (detectará números inexistentes de formularios a rectificar)

El primer pago efectuado se considera como el pago que si corresponde (bajo el supuesto que el ISR es de operaciones del mes de mayo y que fue pagado en el banco industrial el 13/06/2017), y por lógica el segundo pago, el que hizo el 14/06/2017, es el que podría ser objeto de rectificación, pago duplicado Ej.: SAT 1311 No. 12345678901

SUGERENCIA: Llenar el formulario SAT 1311 correspondiente a las operaciones del mes de Junio (este vence en los primeros 10 días hábiles de Julio) como normalmente se llenaría bajo el supuesto que tenía que pagar Q474.25 pero al llegar a la Sección 5. RECTIFICACION
Colocar los datos del formulario SAT 1311 No. 12345678901, de la siguiente forma: 131112345678901, el valor pagado en ese formulario (el valor duplicado) Q318.00 este dato lo debería dar el formulario automaticamente y en este ejemplo le debería dar un saldo a pagar de Q156.25, a continuación una imagen para efectos ilustrativos.

(NOTA: habría que esperar el cierre de junio para intentar hacer este experimento, sin embargo Declaraguate permite llenar el formulario de Junio. Podría intentar llenarlo y validarlo paso 2 de 4 si no funciona proceda a borrarlo, pero nunca congelarlo, no se puede borrar paso 3 de 4)

Saludos.

El riesgo con esto es que ambos formularios presentados tienen el mismo número por lo que al colocar este dato en la casilla de rectificación estaría “corrigiendo” la declaración presentada. El sistema no tiene manera de saber que la intención es aplicar el pago que se hizo de más.

Buen día

Muy oportuna y acertada la observación de la Licenciada @LuciAguilar

Hice la respectiva consulta en la Agencia de SAT en la Zona 9

Ir al Edificio de Dubai Center / 13 calle 1-10 zona 10
Nivel 12 Oficina 12-10 (Cuenta Corriente)
Presentar los dos formularios pagados con la boleta de pago certificada por el Banco.
Solicitar la vinculación de ambos pagos, ahí le darán más información y/o instrucciones.
También le indicarán si en caso corresponde ir la 12-08 / requisitos para devolución o acreditamiento.

Puede ir el Propietario o Representante Legal, llevar DPI original
También lo puede hacer un tercero autorizado por medio del SAT 362 (debe llevar ambos DPI; del que autoriza y el autorizado y original de la Representación Legal)
Para empresas que no han actualizado datos se recomienda llevar el original del Nombramiento del Representante Legal. No esta demás indicar, llevar fotocopias de todos los documentos juntamente con los originales.

Nota: Mañana 23 de junio no labora SAT (Aniversario).

Saludos.

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