Pago de Impuesto por servicio en Facebook

Buenas tardes con una consulta si pago $1,000.00 por servicios en Facebook, tengo que pagar algun impuesto?

Con la entrada en vigencia de la Ley de Actualización Tributaria, Decreto 10-2012, las personas y empresas no domiciliadas en Guatemala tienen una nueva regulación para el pago del Impuesto Sobre la Renta y según el artículo 97 del Libro I, Impuesto Sobre la Renta,

Pagan el 3% , sobre los $1000.00, en la empresa lo clasificamos como transmision y difusion de imagenes en guatemala

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Muchas gracias por sus comentarios, que tenga bendecido dia.

Con este tema tengo duda,que hacer con las facturas recibidas por servicios de hosting y páginas web, nos emiten facturas pero lo que me han indicado que no aplican a crédito fiscal,por lo que las he registrado como gasto no deducible.

Segun el articulo 16 de la ley del iva
indica que si es vinculado con el proceso normal de produccion o si esta es necesaria para la venta , se debera aprovechar el iva y deberia de ser un gasto deducible.

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Es verdad que los gatos, necesarios, indispensables, útiles o pertinentes son deducibles, como lo indica la Ley de Actualización Tributaria, en el Artículo 21, sin embargo por ser adquisición de un servicio, este debe de ser respaldado con factura con las características que indica la Ley del IVA. Si persiste la duda, yo no lo tomaría como gasto deducible.

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