Buenas noches estimados contadores
Tengo una duda, tengo un cliente que está en el régimen de pequeño contribuyente, factura por servicios legales y representación legal y está por pasarse al régimen general
Mi consulta es si es obligatorio que afilie un contador para que lleve su contabilidad y si es obligatorio para el habilitar libros ya que lleva facturando uno o dos años sin tener libros habilitados
Quedó a la espera de su apoyo , gracias
Buen día
Salvo la calidad de comerciante (patente de comercio y/o activos mayores a Q20K, sociedades mercantiles, etc.), los pequeños contribuyentes no están obligados a llevar contabilidad completa, tampoco inscribir contador.
El cambio de régimen de afiliación de impuestos (IVA e ISR) según elección del contribuyente en la actualización de sus datos en el RTU le condicionará e impondrá otras obligaciones, inherentemente la autorización de sus libros de conformidad con la afiliación de impuestos.
Ok se lo agradezco mucho la respuesta
Buen día ! el Código de comercio indica que para los comerciantes con un activo mayor de Q. 25,000.00 deben llevar contabilidad completa. mi duda es aquellas personas que facturan por servicios tecnicos en regimen general de IVA e ISR retención de definitiva, que no tiene una empresa como tal registrada en el Registro Mercantil están obligados a llevar contabilidad libro diario, mayor, Estado financieros… me pueden ayudar con esta duda, gracias
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Buen día
Respecto a:
Como reflexión, sugiero la lectura del artículo 371 del Código de Comercio.
Respecto a la siguiente interrogante:
Son identificados como profesionales liberales, todos los contribuyentes que desarrollan en forma habitual la prestación de servicios técnicos y/o profesionales, en este aspecto el Código de Comercio, señala en el numeral 1 del artículo 9:
Consecuentemente no están obligados a llevar contabilidad completa por el Código de Comercio
En el siguiente enlace, la opinión de un conocido Consultor de impuestos:
“https://www.youtube.com/watch?v=7kqh4QOnaWI”
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gracias por la información, ya tengo mayor claridad para no caer en contingencias fiscales
le agradezco la información
Mayari buenas noches!
La obligatoriedad de llevar contabilidad esta en el Código de Comercio, y cualquier comerciante debe llevar Contabilidad, los servicios técnico clasifican como tal. Profesional liberal es egresado universitario con título (porque los hay sin titulo) colegiado activo, siempre y cuando la actividad de su profesión no se cruce con actividades comerciales, porque entonces ya se convierte en comerciante; ejemplo, un médico por su consulta esta en la actividad profesional, si te vende la medicina, ya es comerciante, ya que la actividad es la que tiene la excepción y no la persona. Esta opinión es para complementar lo expresado ya por otros colegas.
Saludos.
Gracias Jorge por la información, me fue de mucha utilidad.
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Saludos, soy nueva en el foro, gracias por todo el conocimiento que comparten, con respecto a este tema espero me puedan apoyar con estas dudas:
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Cómo puedo saber con qué capital fue registrado un negocio individual.
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Si es en base a esta información registrada en su momento o en base a su capital actual para determinar si el contribuyente debería llevar una contabilidad completa, para la habilitación de sus libros correspondientes, ya que hace como tres meses que un contribuyente pasó de pequeño contribuyente al régimen general
Quedo atenta a sus comentarios
muchas gracias a todos por su apoyo y comentarios!