Buen día, mi experiencia mas fuerte es en administración de fondos en ONG’s.
Un tema relativamente reciente para las ONG’s y que requieren las firmas auditoras actualmente es que se registren ante la Superintentencia de Bancos por considerarse que estas entidades son “Personas Obligadas”. Esta inscripción se realiza a través de la página web de la IVE, adjuntando toda la documentación legal que solicita la SIB.
Base Legal: Acuerdo Gubernativo 118-2002, artículo 5, inciso “k” (reformado por acuerdo gubernativo 443-2013):
Personas jurídicas sin fines de lucro, sin importar su denominación, que reciban, administren o ejecuten (a) fondos del Estado y/o (b) reciban o envíen fondos del o hacia el extranjero.
En este link pueden obtener mas información:
Las multas por no cumplir esta obligación pueden ascender hasta $ 25,000.00.
Se debe hacer de conocimiento a los clientes sobre este tema, siempre que realicen cualquiera de las dos actividades mencionadas.
Este servicio puede tomarse en cuenta para el modelo que esta creando nuestro compañero @rtusher
Saludos