Máquinas expendedoras de bebidas gaseosas

Buenas noches. Una persona desea comprar máquinas expendedoras de bebidas gaseosas, café y snacks. Se debe de realizar una inscripción debido a la dirección comercial que cambiaría en cada centro comercial? y la otra pregunta si además de la inscripción en el registro mercantil y en sat, debe de realizarse algún otro tramite? Muchas gracias por sus aportes,

@Laura con relación a las preguntas planteadas:

El registro de máquinas expendedoras de gaseosas se realiza ante la SAT a través de la Agencia Virtual, autorizando la máquina como un punto de venta. Se debe utilizar el formulario SAT-521 para detallar marca, modelo y serie, seleccionar el establecimiento, y especificar si es fija o móvil.

Pasos para el Registro:
Ingresar a Agencia Virtual (SAT)
Autorización de Máquina:
En el menú, seleccionar “Máquinas Registradoras” y completar el formulario SAT-521.
Detalles Técnicos:
Ingresar la marca, modelo, serie y ubicación exacta (establecimiento) de cada máquina.
Facturación Electrónica (FEL): Asegurarse de estar afiliado al régimen de Factura Electrónica en Línea (FEL).
Impuesto a la Distribución:
Al vender gaseosas, el contribuyente debe cumplir con el impuesto específico de bebidas gaseosas, incluyendo la emisión de facturas y la gestión de la carga en los establecimientos.

Es esencial tener el Registro Tributario Unificado (RTU) actualizado y, de ser necesario, gestionar licencias de funcionamiento municipales para el lugar donde se ubique la máquina.

O esperemos la opinión de otros participantes.