Libro de Salarios (Requisitos, formato y Acuerdo Ministerial)

LIBRO DE SALARIOS

Todo patrono que ocupe permanentemente a diez o más trabajadores, debe llevar un libro de salarios autorizado y sellado por la Dirección General de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Previsión Social, el que está obligado a suministrar modelos y normas para su debida impresión.

Todo patrono que ocupe permanentemente a tres o más trabajadores, sin llegar al límite de diez, debe llevar planillas de conformidad con los modelos que adopte el Instituto Guatemalteco de Seguridad Social.

Espero sean de ayuda, Feliz tarde.

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@LuciaOsbely excelente aportación. Como complemento tomar nota.


Saludos
ACTUALIZACIÓN 03/04/2019

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Muchas gracias por la información!!

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Se les agradece por la información proporcionada @LuciaOsbely y @Hugo_R_Gonzalez_B, la tomaremos muy en cuenta.

Saludos,

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Buenas Tardes,

disculpen como puedo llenar este libro de salarios alguien me podría ayudar gracias.

@Glenda24 Agradeceremos NO duplicar las preguntas y favor de llenar los requerimientos del foro.