Libro de Inventario

Buenos días, generando el Libro Inventario del DEMO2, puedo observar que es similar al balance general.

Tengo una duda al respecto:

En el poco conocimiento que tengo, he podido captar que el libro inventario es un detalle amplio de las cuentas expresadas en el balance general.

A tal punto que si el en balance se presenta una cuenta de VEHICULOS por valor de Q10,000.00:
Por Ejemplo en el inventario debería de ir:
VEHICULOS Q10,000.00
VEHICULO XX TOYOTA MODELO 2010: Q5,000.00
VEHICULO XS MAZDA MODELO 2001: Q5,000.00

Mi pregunta es si utilizo el libro de inventario que me genera el programa, estaré llevando el libro inventario como debe de ser?

Agradezco su ayuda.

Buena tarde,

El libro de inventario del programa es bastante completo, pero no llega a ese nivel de detalle para la integración. Es asi que nosotros con los activos fijos agregamos el auxiliar de activos fijos, que contiene las hojas de responsabilidad y un detalle exacto de cada uno de ellos con su depreciación.

Y lo mismo con el inventario de producto para la venta, materia prima, o el que corresponda, descargamos el formato en Excel y solo agregamos el detalle para completar el libro.

Espero le sea útil.

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Quiero contarles que en ISA hicimos las respectivas consultas y la gente de la SAT dijo que el Libro de Inventarios era el Balance General con diferente título y como no hay una regla específica que indique la construcción del mismo, asumimos como válido el resultado de la consulta.

En otras palabras

Si no hay ley o reglamento (Y no los hay) que indique cómo debe estar construido, en ISA nos apegamos a mostrar de acuerdo al mínimo aceptado.

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Gracias, muy certeras y de gran utilidad las respuestas.

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Hola ingeniero. Lo único es que con el Decreto 37-2016 ya no aplicaría ese criterio para las cuentas bancarias pues exige que aparezcan detalladas.

Nosotros hacemos los mismo que @eysconsultores, lo descargamos a Excel y agregamos nuestras integraciones.

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Buenos días, pregunta cuándo se envía el detalle de Inventarios a la SAT debo de incluir tanto mercadería, como saldos netos ya sea tangibles e intangibles.

Hola respetables foreros

Aquí de vuelta después de varios inconvenientes con el hardware y backups y en plena preparación de cierres, espero en estos días no haberme perdido de excelentes temas expuestos; con relación al inventario el Decreto 10–2012 en su artículo 42 establece la obligación del Inventario y el AG 213-2013 en su artículo 32 establece la forma en que debe presentarse, si tuvieran alguna duda pueden ampliar en este enlace http://bit.ly/1VX6SfF.

Saludos

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