Buena tarde a todos,
Si la empresa no tiene cuentas bancarias o no las quiere dar como se rebaja a las compras que se han ingresado
@Alicia de conformidad a la Ley 37-2016, al menos debe existir una cuenta bancaria para el registro de las operaciones -bancarización-.
De no cumplir con lo establecido en ley, al momento de una fiscalización, la empresa se hará acreedora de sanciones por parte de la administración tributaria.
Sugiero leer la misma, así como las obligaciones de los PC. ante la SAT.
¡Hola, Alicia! Si la empresa realmente no tiene cuentas bancarias, esas compras puede ser que sean una cuenta por pagar a socios o pagos en efectivo (caja). Una vez durante el mes no tengan compras mayores a Q30,000 al mismo proveedor, no hay obligación de bancarizar.
Sin embargo, si usted sabe que hay cuentas bancarias y no le quieren compartir la información, ya es un escenario diferente porque existe obligación legal de tenerlas contabilizadas y hacer conciliaciones bancarias. En este escenario, usted no debería rebajar la cuenta por pagar pues estaría realizando registros incorrectos. En esta profesión, uno no puede tomar la actitud de “el cliente siempre tiene la razón” y que debemos ver cómo quedar bien siempre, ya que los contadores tenemos obligaciones legales y consecuencias penales con nuestras firmas (estafa mediante información contable).