IVA contratos pago directo

Buen día colegas, apreciaré mucho su apoyo con su experiencia respecto a lo siguiente:

  1. Se realizó la venta de un inmueble y se pagarón Impuestos con timbres.
  2. Se realizó el pago del IVA por medio de timbres.
  3. Se reportó un valor menor de la matricula fiscal.
  4. En SAT indican que se debe realizar el pago del complemento por medio del formulario IVA CONTRATOS PAGO DIRECTO, sin embargo si se hace por alli sería por el valor del complemento? y como no existe formulario anterior no sería una rectitifcación como tal, es por ello que no nos da ningún tipo de multa.
  5. Es correcto realizar el reporte por el complemento atraves de ese formulario? Aunque no cobre multas?

Saludos cordiales

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@Jason_Antonio_Bautis con relación a su interrogante, hasta donde sé, este tipo de transacciones regularmente las documenta el Asesor Legal de la empresa, ya que es él quién llena el formulario SAT-2799.

Si deben rectificar, deberán hacer referencia al primer formulario ingresado porque allí va consignando el número de escritura de compra-venta signada por el notario.

O esperemos alguna otra opinión de los participantes de este foro.

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Muchas gracias, si, pero como se pago con timbres el IVA, no existe un formulario anterior para consignar.

Buenas noches, en el formulario pago IVA directo será solamente por la diferencia o por el complemento, claro esta dejar respaldado toda la transacción de compra venta.