ISR Trimestral 8% x 25% Calculo Anual

Buenas tardes, un gusto ser parte de esta comunidad.
Tengo una duda respecto a la determinación del impuesto sobre la base de renta imponible estimada. El Articulo 38 del Decreto 10-12, en el numeral 2 esta la opción de determinar el monto del pago trimestral sobre la base de una renta imponible estimada en ocho porciento (8%) del total de las rentas brutas. Luego dice “Una vez seleccionada cualquiera de las opciones establecidas en los numerales anteriores, deberá ser utilizada en el período de liquidación definitiva anual que corresponda”.

Mi pregunta es la siguiente:

¿Para el calculo anual, se utiliza la misma formula del 8x25?
¿En el formulario SAT-1411 hay alguna casilla especial así como en el formulario SAT-1361 donde los que estan bajo esta formula deben ingresar la información en el numeral 4?

Es la primera vez que trabajo un negocio con esta opción de determinación del impuesto, y si el calculo anual es exactamente el mismo que el de cierres parciales, el anual de este año se elevara demasiado y quisiera avisarle a mi cliente con anticipación.

Muchas gracias, espero haberme explicado.

Buen día

Recomiendo ver la próxima capacitación de SAT en youtube, programado para el 09 de octubre 2024 a las nueve de la mañana (09:00 horas)



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Buenas tardes @Manuel_Lopez

Cito nuevamente lo que dice la Ley, hago énfasis en lo marcado con negrita

Una vez seleccionada cualquiera de las opciones establecidas en los numerales anteriores, deberá ser utilizada en el período de liquidación definitiva anual que corresponda

Hace referencia AL PERÍODO, la opción seleccionada debe ser utilizada en el periodo fiscal, y si quiere utilizar otra opción debe solicitar el cambio diciembre y surte efectos a partir del siguiente período fiscal.

Ahora bien la segunda pregunta no aplica, ya que el párrafo anterior NO hace referencia a la Declaración Jurada Anual.

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