ISR pagado en exceso caso especial

Buenos dias Colegas

tengo la siguiente interrogante.

Planteamiento:

Un contribuyente facturo sus ventas en Marzo-2024 se le generaron sus retenciones correspondientes en el caso de IVA e ISR respectivamente.

por cuestiones de tiempo y mala comunicacion el cliente del contribuyente le informo que no paso 1 factura por 75,000.00 misma que ya estaba pagado el ISR.

Fue hasta Mayo-2024 que se creo la nota de credito aplicable a esa factura de marzo, pero en MAYO-2024 no hubieron ventas entonces se tomo el criterio de tomarlo como compra para temas de Credito Fiscal.

Se llamo a SAT y me indicaron que ese ISR pagado teroricamente en exceso se lleva como una cuenta corriente para posterioremente descontarlo en el mes de Junio-2024 que si hay ventas.

Pero la pregunta es: ¿como es el tratamiento contable y fiscal para colocarlo en la declaracion de ISR 1311?

Ya que en la declaracion de ISR e IVA no puedo poner menos ventas que lo que dice el registro de las FEL porque sino crea una inconcistencia.

Gracias por su apoyo.

@Edy_T_Samayoa

Buenas tardes Edy, espero poderle apoyar.

Contablemene a mi criterio, corresponde el registro de la Nota de Credito normal, que es revirtiendo todas las cuentas como:

Ventas y/o Devoluc. sobre Ventas 100
Iva Debito 12
Cuentas por Cobrar 112
Nota de Credito No…. De marzo 2024

como podra darse cuenta su monto acumulado de ventas no deberá corresponder al monto de ISR PAGADO… deterinando un saldo a favor.

fiscalmente en formulario 1311 y de acuerdo a lo que le indico SAT , solo queda la opción de reportar ese ISR ya pagado en la casilla de retenciones pacticadas del período para que le compense.

espero le sea de utilidad mi planteamiento.