ISO acreditable a ISR

Buena tarde tengo una duda

Un contribuyente en el 2019 de enero a octubre estuvo inscrito como pequeño contribuyente, pero en el mes de noviembre se cambió al régimen general del IVA y optó por el ISR opcional simplificado, pero ahora en enero empezó con el ISR sobre utilidades

¿Ya le aplicaría determinar el impuesto de solidaridad?

Agradecería mucho su ayuda

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Bienvenida @Victoria_Martínez ,

según indica la ley del impuesto de solidaridad, Articulo 4, inciso c),

c) Los sujetos pasivos de este impuesto que inicien actividades empresariales, durante los primeros cuatro trimestres de operación.

Buen día, sugiero seguir las reglas de la comunidad: Reglas del foro. Fotografía

En mi opinión considero que si, pues la empresa ya tuvo operaciones en el año anterior o sea 2019, lo mismo me paso a mi pero en una empresa del Régimen Opcional Simplificado, y yo si cancelé lo correspondiente al ISO.

Sin embargo, lo dejo con los expertos en la materia.

Saludos

Y qué pasa si en los meses que estuvo como pequeño contribuyente no tuvo ningún registro de ingreso y de compras

@Victoria_Martinez si tuvo o no movimiento, ya transcurrió el primer año,según la ley.

Sugiero leerla detenidamente.

Pero esto también implica que en éste año pagaría los dos impuestos el de solidaridad y de ISR ya que se puede acreditar lo debidamente pagado del impuesto de solidaridad hasta el próximo año

@Victoria_Martinez agradeceremos cumplir con una de las principales reglas del foro para mantener la seriedad de todos los participantes.