Impuestos de INGUAT

Buen dia, quisiera saber si podrian darme algun encaminamiento acerca de la determinacion del Impuesto hacia el INGUAT y su declaración. mi clienta inscribio un negocio de autohotel lo cual en el momento de su inscripcion la SAT la ubico en el regimen de pequeño contribuyente y el INGUAT le establecio un tarifa de Q.100 por servicio de hospedaje. quisiera saber cuales son los montos que ella debe declarar si solo emite dos facturas por servicio de hopedaje.

Saludos,
Observaciones
La SAT nunca ubica a la persona o una entidad a que Régimen estará inscrito.
La Asesoría es importante del Contador, Auditor o bien Administrador.
Ejemplo:
La factura del pequeño contribuyente electrónico que genera en Eservicios
en la plataforma de la SAT NO sirve para determinar el impuesto del Inguat, ya que no permite abrir una casilla donde se indica el valor del Inguat impuesto de turismo.
Ejemplo Factura Electrónica de un contribuyente con régimen simplificado.


La sat al hacer esta factura, con este régimen de contribuyente si permite abrir una pestaña en el menú de precios y automáticamente se abrirá un serie de impuestos, el cual se da aceptar al impuesto del inguat, para que lo genere en la factura.
Al estar elaborando la factura en la plataforma de la SAT, con el régimen del contribuyente simplificado,

Se abre esta pestaña para colocarle otros impuestos, esto no es doble tributación por que es diferente acción en la que recae el impuesto.
Esta pestaña NO la abre en un cliente que este como Pequeño Contribuyente.
deberá de hacer el análisis de ventas, costos, gastos, capex, opex etc. habitación, rotación de habitaciones como ingresos, para incrementar en el precio.
Para el primer ejemplo vemos como la factura electrónica de la SAT coloca el impuesto del Inguat y el pago que se realizó por esa factura.
Ejemplo otra vez.

FORMA DE PAGAR EL IMPUESTO DE TURISMO INGUAT

* 1.- Boleta o formulario de Inguat en bancos del sistema publicados en el Inguat.

* 2.- En Banco en Linea pagar Inguat.

UNICAMENTE con el BANCO BAC CREDOMATIC

Como se puede ver el pago se realizó con el valor de esta factura.

OBSERVACIONES

De su cliente deberá tener y cumplir con los siguientes requisitos para funcionar:
1.- Registro Mercantil.
2.- SAT
3.- Licencia Sanitaria.
4.- Licencia del Ministerio de Ambiente.
5.- Libros contables Autorizados y Habilitados ante la SAT y REGISTRO MERCANTIL.
6.- Libros del Inguat de Quejas o Felicitación y El de Auto hotel.
7.- Libro de la Diaco.
8.- Tarjeta de Manipulación de Alimentos de Salud del Propietario, y de Trabajadores.
Para evitar alguna multa.
9.- y para todo este tramite debería de cobrar alrededor de Q.3,500 más gastos.

BIEN PARA LA SOLUCION POSIBLE A LA PREGUNTA

a.- Solo deberá de hacer la factura del pequeño contribuyente por el total incluyendo el impuesto del INGUAT que por lo que entiendo, el cliente esta absorbiendo el impuesto como gasto.



Guatemala 10 noviembre 2021.
@Unisat Crypto
Mwong & Asociados

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Buena Tarde:

Muy bien documentada y explicada su respuesta colega @UNISAT; pero en este caso si difiero de su posible solución para el caso que expone @Josue10 ya que su cliente esta bajo el régimen de Pequeño Contribuyente (5%) si o si debe pagar ese 5% por todo aquello que facture.

Si se facturan Q.100.00 si o si deberá pagar a la SAT Q.5.00 correspondientes al IVA Pequeño Contribuyente por servicios prestados, no puede documentar o sustentar el porque esta pagando menos de lo que corresponde según su facturación.

En este caso @Josue10 mi recomendación es que para el próximo ejercicio fiscal realicen el cambio de Régimen eligiendo el que más le convenga a su cliente y en lo que resta de este año absorber el impuesto al INGUAT como un gasto ya que por una mala elección no pueden pagar menos del 5% sobre la facturado, no importando que componga el total de su factura y mucho menos no reportar al INGUAT que servicios realmente se prestan durante X mes.

Espero ayudarle con mi punto de vista.

Saludos;

Buen día

Excelente tema de los impuestos INGUAT. En adición a los aportes de @UNISAT y @gmartinez , es recomendable que los contribuyentes hagan una evaluación (relación beneficios y costos) de su actual régimen fiscal, y de ser necesario, (evaluados los pros y contras) en el mes de diciembre (a escasos días) hacer los cambios, (en caso aplicara) a las afiliaciones de impuestos.

No obstante lo anterior, el sector de hospedaje fue uno de los sectores de la economía - servicios - que mas impacto económico negativo recibió, derivado de las políticas de las autoridades bajo el pretexto de la pandemia.

En ese orden de ideas, lo mas conservador es permanecer en el régimen de pequeño contribuyente, siempre y cuando no supere el monto de Q150K al año, pero si en el transcurso de cualquier mes del año, el pequeño contribuyente excede ese monto de ingresos, puede cambiarse en cualquier época del año (el cambio surte efecto a partir del mes siguiente del cambio) al Régimen General del IVA y elegir la afiliación que mejor le convenga de ISR (sobre ingresos o sobre utilidades).

Una vez expuestas las consideraciones anteriores, conforme la documentación técnica del Régimen de Factura Electrónica en Línea (reglas y validaciones), nótese que el régimen de pequeño contribuyentes y sus modalidades de monotributo convencional y electrónico (excepto los del régimen agropecuario) los siguientes impuestos pueden incluirse en la factura FEL de pequeño contribuyente:

En la edición del detalle de las facturas (FEL), en el margen derecho, encontrará una columna de opciones, el primer icono image, habilita las opciones de los impuestos que fueren aplicables, ejemplo para efectos ilustrativos:

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Saludos, como bien he dicho en los comentarios.
Las personas deben de acudir a un especialista para que les puedan orientar en como pueden realizar los soportes.
En los ejemplos que he colocado para el impuesto del Inguat, es por la experiencia que he tenido ante las auditorias de SAT a los Hoteles, Hospedajes, pequeños, medianos.
Y que no es lo mismo el punto de vista de un Auditor, que alguien que tenga las profesiones de Abogado y Auditor mas la experiencia de la SAT en las auditorias.
También de indicarles a que puedan capacitarse los jóvenes que aquí preguntan y pagar por obtener esa PERICIA si aun no la tienen, o PAGAR los servicios profesionales para que puedan dar una mejor asesoría a sus clientes y así COBRAR por el trabajo que realizan…
Esta es mi observación en base a mi experiencia obtenida de personas que tienen dos o tres Licenciaturas y la combinación que hacen en las auditorias en SAT.
Ejemplo de ellos, Lic. Pedro Campos Auditor y Abogado, Licda Waleska Berganza Auditor y Abogado., así también a otros compañeros, en las asesorías en la administración, Informática, Cryptoactivos, estrategias en los negocios, Informes para las empresas que cotizan en las Bolsas de Valores de New York.

Guatemala 15 noviembre 2021.

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Buen Día:

Muchas gracias por compartir su conocimiento Lic. @Blagmiro_Contreras esto de poder agregar otros impuestos a una Factura de Pequeño Contribuyente si no me la sabía y por ende asumo que los mismo no son reportados en la Declaración del IVA solamente el valor Base o como dice la imagen de la FEL “con IVA (Q)”.

Esta es la solución para la situación que se le presenta a su cliente @Josue10 lo único es evaluar si es pertinente continuar bajo la imagen de un Pequeño Contribuyente o bien lo más recomendable es el cambio al Régimen General del IVA y elegir la mejor opción para el pago del ISR.

Nuevamente muchas gracias por compartir su conocimiento y como dicen: “Pan para mi matate”.

Saludos;

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