Muy Buenos días, Consultando lo siguiente, Respectivamente considerando una Jornada Diurna, cuantas Horas extras pueden incluirse dentro de la Planilla Quincenal para no sobrepasar los Limites establecidos dentro del Código de Trabajo.
Saludos.
Muy Buenos días, Consultando lo siguiente, Respectivamente considerando una Jornada Diurna, cuantas Horas extras pueden incluirse dentro de la Planilla Quincenal para no sobrepasar los Limites establecidos dentro del Código de Trabajo.
Saludos.
@Hector_Emmanuel_Sian acá le comparto lo establecido en el Código de Trabajo, Horas Extras:
CONCLUSIÓN:
El límite máximo de horas extraordinarias que un trabajador puede realizar por día es de dos horas, y el máximo semanal es de 12 horas. Sin embargo, en algunos casos, cuando se imponen las necesidades del servicio, se pueden permitir más horas extraordinarias que debe ser demostrado ante la inspección de trabajo al momento de una revisión.
Las horas extraordinarias deben pagarse con un recargo del 50% sobre el sueldo convenido para la jornada ordinaria de trabajo, y se liquidan y pagan juntamente con las remuneraciones ordinarias del respectivo período laboral.