Folio de libros contables

Buen día a todos,
gusto de saludarles, por favor me pueden ayudar con la siguiente duda que tengo:
primero comento que recién estoy tomando la contabilidad de una empresa, pero resulta que esta no tiene libros de años anteriores (la contadora anterior no entrego ni electrónicos ni físicos) , yo no me comprometí a realizar los si no únicamente los del 2017, pero como hay que foliar los no se que numero de hoja realmente le tocaría a cada libro, que me recomiendan o como foliar los ? muchas gracias por su ayuda.

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Buenos Días:

En mi opinión si solo se trabajara el año 2017 en adelante, se podría iniciar con el folio 1, teniendo cuidado que efectivamente estén autorizados los respectivos libros, así si alguien pone al día los años anteriores podrían hacer los mismo con cada año.

saludos

Gracias por tu ayuda.

¿Será que tengo una base legal que me ampare? Ya que en una ocasión anterior hice esto pero cuando la SAT me requirió libros si me pedía que llevara el número correlativo de folios desde el inicio de la contabilidad.

Que yo sepa no hay base legal, pero vamos a averiguar en la SAT y les comento

saludos

Claudia

Nohemi, mucho gusto te comento que de acuerdo al código tributario es obligación del contribuyente reconstruir su contabilidad a hasta el ultimo año donde no aplica la prescripción, por tanto es necesario habilitar los libros contables y actualizar la contabilidad desde el periodo correspondiente, ya que de lo contrario si revisara la SAT tendría multa por cada año que no tenga la contabilidad, adicional me permito comentar que recientemente fui a la SAT y si obligaron a un contribuyente a habilitar sus libros y actualizar su conta desde donde ya no aplica la prescripción.

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gracias Claudia por tu ayuda !!

gracias por su aporte e información es una mala noticia para mi pues reconstruir todo sería trabajar dia y noche :joy: :sweat:

Considero todo depende como se vea, puede ser una oportunidad o un tropiezo, :sunglasses::sunglasses::sunglasses:

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Buen día

Previo un recordatorio, una de las normas del Foro es que incluya una fotografía no una imagen o avatar.

En adición a lo expresado por el usuario @narana, y mucha atención respecto a:

Por norma general los libros de contabilidad deben conservar en sus folios la numeración correlativa
Ejemplo:
Año 2008 se autorizaron 100 hojas (del folio 01 al folio 100)
Año 2012 se autorizaron 100 hojas (del folio 101 al folio 200)
Año 2016 se autorizaron 100 hojas (del folio 201 al folio 300)
(Nota: la hoja tiene dos páginas, en contabilidad frecuentemente se usa más el concepto de folio que el de hoja)

Fundamento:
Artículo 368 del Código de Comercio
Llevar la contabilidad en forma organizada (en forma ordenada)

ARTÍCULO 373. OPERACIONES, ERRORES U OMISIONES. Los comerciantes deben llevar su
contabilidad con veracidad y claridad, en orden cronológico, sin espacios en blanco,
interpolaciones, raspaduras, ni tachaduras. Los libros no deberán presentar señales de haber
sido alterados, sustituyendo o arrancando folios o de cualquier otra manera.

Excepciones, siempre y cuando el Contador haga del conocimiento a su cliente el cambio de correlativo de numeración y con el consentimiento del mismo.

  • Cambio de libros contables manuales a libros computarizados (al autorizar estos libros inicia una nueva numeración)
  • Actualización de domicilio fiscal y dirección comercial
  • Actualización de razón o denominación social
  • Cambio o actualización de nombre de establecimientos (IVA - Ventas)
  • Últimamente, muy de moda: Rehacer sus registros contables (destrucción, pérdida, deterioro, extravío, delitos contra el patrimonio, pérdida de información en sistemas informáticos por virus, malware, etc. o daño de los dispositivos electrónicos de almacenamiento.

El caso que usted plantea (queda fuera de las excepciones, simplemente no tienen contabilidad), me recuerda el curso en la U, sobre Elaboración de Estados Financieros con datos incompletos, prácticamente no tienen nada.

Nuestra experiencia en casos similares (cuando el cliente no tiene presión por SAT si no por un tercero -banco, proveedor, etc. -) ha sido sobre la técnica de base cero (No hay libros, No hay declaraciones de impuestos, estados de cuenta bancarios, etc., y no están todas facturas de compras y ventas, y si tiene suerte, copia de cheques o vouchers), lo ideal sería trabajar los periodos no prescritos, sin embargo al presentar nuestra cotización de honorarios, la respuesta (cuando aceptan la propuesta) ha sido generalmente que sólo se trabaja el período 2017 en adelante, el cliente asume el riesgo o contingencia fiscal (informe por escrito)

Conforme lo descrito anteriormente, se procede habilitar y autorizar nuevos libros, iniciando con el folio 1 en los libros correspondientes a efecto de trabajar 2017, la decisión la toma el cliente.
Dichas circunstancias o limitaciones, se plasman en las Notas a los Estados Financieros para salvaguardar su responsabilidad.

Saludos.

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Buenas tardes, hablando de folios, tengo una duda referente a ese tema, que no me ha quedado claro, una hoja es un folio? Quisiera que me compartan como lo manejan ustedes, disculpen por las molestias, Le agradezco a la persona que me saque de mi duda.

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Buen día

Este tema ya fue abordad con anterioridad

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Blagmiro_Contreras, Buen día, muchas gracias y disculpe, había tratado de buscar la misma pregunta en el foro, pero solo encontré este post. Muchisimas gracias, me ha quedado bien claro.

Saludos y feliz inicio de semana.

Yo lo trabajo como página aunque por definición es una hoja. Si lo hace como hoja tendría que ir numerando manualmente pues todos los sistemas colocan el correlativo en cada página, no dejan una intercalada para imprimir el reverso.

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Muchas gracias. Yo, lo que hacía era imprimir lo de un mes en el lado anverso que lo numeraba como folio 1 y lo del otro mes lo imprimía en el lado reverso lo numeraba como folio 2 y así sucesivamente. Por eso tenía esa duda si estaba haciendo correctamente.

Una molestia mas, un contribuyente que le llevo la conta,cambio de régimen mensual simplificado y se paso al trimestral, la duda esta si sus libros le doy el mismo correlativo o tengo que habilitar nuevos y con nueva numeración.

Ambos regimenes tiene obligaciones comunes. Una de ellas es llevar contabilidad completa, por lo tanto, no afecta en nada la operatoria de los libros contables. Puede continuar con los mismos libros guardando el correlativo de folios correspondiente. Solo que debera crear nuevas cuentas para llevar control y registro del impuesto del nuevo regimen.

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Gracias, por la orientación.

Ampliando un poco el tema de los Folios de los Estados Financieros. Tengo una duda en el siguiente caso:

El Balance de Saldos Mensual se debe foliar, ya que recibí una contabilidad en donde el contador folio los siguientes libros:

  1. Inventario
  2. Diario y Mayor
  3. Estado de Resultados
  4. Balance General

y adicionalmente foliaba un Balance de Saldos Mensual.

Ahora bien tengo duda en seguir foliando este libro, pues no lo creo muy relevante. Pero tengo mis dudas. Espero alguien me pueda orientar.

Saludos.

@Javier29 Si, debe foliar porque forman parte de los estados financieros.