FEL según Resolución R-SAT-DSI-1240-2021



Estimados contribuyentes:

Reciban un cordial saludo de parte de la Superintendencia de Administración Tributaria, derivado de la publicación de la Resolución No. R-SAT-DSI-1240-2021, la cual incorpora al Régimen de Factura Electrónica en Línea (FEL) a las personas individuales y jurídicas que se encuentren registradas en el Régimen General del Impuesto al Valor Agregado conforme el Decreto Número 27-92 y sus reformas, Ley del Impuesto al Valor Agregado, hacemos de su conocimiento que el plazo máximo en que deberán cumplir con habilitarse como emisor FEL es al 30 de junio de 2022.

Para ello deberán ingresar a su Agencia Virtual, en la opción Servicios, luego al apartado Factura Electrónica, donde encontrarán la opción Habilitarse como emisor, a partir de su habilitación podrán iniciar con la emisión de documentos tributarios. Estas opciones también las encuentran en la nueva App FEL disponible para dispositivos móviles, lo invitamos a descargarla desde ya en Google Play, App Store o AppGallery.

Previo a habilitarse en FEL deben contar con sus datos actualizados en el RTU, gestión que se realiza en línea desde la Agencia Virtual.

Cualquier duda, contáctenos en efactura@sat.gob.gt

Atentamente,

Superintendencia de Administración Tributaria -SAT-

Factura Electrónica en Línea -FEL-

NUEVA RESOLUCION SAT

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