Factura, Reten IVA, Nota. Crédito, factura

Buenas tardes, tengo un problema con un registro, en el mes de agosto realice una compra a un proveedor, le emití su retención de Iva y le pagué el producto. Ahora revisando el producto, éste estaba malo, se lo devolví, me hizo una nota de crédito y una nueva factura ahora en septiembre. Como anulo la retención de Iva y como aplico la NC si ya estaba pagada y ahora como hago ahora para no declarar dos veces las retención de Iva de agosto y de septiembre que procede, gracias.

Buen día

Salvo la opinión de los participantes del Foro. La compra que ampara la factura del mes de agosto sigue vigente (con su respectivo comprobante de pago bancario), consecuentemente también esta vigente la retención de IVA de ese mes.

Sin embargo, la nota de crédito y la nueva factura están emitidas en septiembre (no indica si fue por el importe total de la factura de agosto).

Si la operación es dentro del mismo mes (periodo), el importe (sobre base que se retiene) podrá ser el valor neto de la transacción (Valor de la Factura menos el importe de la Nota de crédito)
En esencia, las notas de crédito no pueden generar retención debido a que anulan la operación y previo deberá revisar que la nota de crédito cumpla con los requisitos que establece la Ley del IVA y su Reglamento. Sin embargo, esto tiene implícito un riesgo fiscal.

En este caso, la nota de crédito pertenece a otro periodo (septiembre), en caso de no poder ajustar el IVA de la nota de crédito con la Retención de IVA, en la nueva factura tiene la obligación de practicar la retención correspondiente a la factura de septiembre

En todos los casos, es recomendable comunicarse con el profesional asignado por la Administración Tributaria.

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