Un contribuyente, profesional, factura por servicios en US$ para el exterior , él viaja allá para la consultoría, aplica exportación de servicios? ¿De ser afirmativo, entonces la facturación esta NO AFECTA a IVA Tampoco a ISR?
Leí el criterio SAT 10-2018, respecto al IVA, pero me queda dudas aun, gracias por sus opiniones
@JRAMIREZ toda venta de bienes o servicios local o para exportación, está afecta al pago de ISR independientemente del régimen en que esté inscrita la empresa, si es exportación NO está aafecta al pago de IVA.
O esperemos alguna otra opinión de los usuarios.
Gracias, la Cuestión es que el hecho generador no sucede acá en Guate+mala sino en el exterior, como les indicaba que la persona víaja, pero debe facturar para cobrar sus honorarios.
No aplica ISR, principio de territorialidad, el ISR en Guatemala es territorial
Adjunto base legal
DECRETO 10-2012
ARTICULO 3. Ámbito de aplicación.
Quedan afectas al impuesto las rentas obtenidas en todo el territorio nacional, definido éste conforme a lo establecido en la Constitución Política de la República de Guatemala.
Si, porque quién genera y presta el Servicio es Guatemalteco (territorial), por lo tanto, si está afecto al ISR, excepto que emita una factura en el exterior, siempre que esté registrado.
Aplica porque está utilizando un documento contable que rige dentro del territorio nacional, por otra parte es una persona residente y está obteniendo una renta siendo residente.
Buen día
Tal como fue expresado por @eyuman , no aplica el principio de territorialidad que establece la Ley de Actualización Tributaria.
Consecuentemente el servicio es prestado fuera del territorio nacional, tampoco forma parte del hecho generador de la Ley del IVA
ARTICULO 3.* Del hecho generador. El impuesto es generado por:
2) La prestación de servicios en el territorio nacional.
Sin prejuzgar las condiciones o características del contrato para prestar el servicio fuera del territorio nacional, su calidad de residente o no en el país donde prestará el servicio, o su estatus migratorio (salvo que el contrato indique la emisión de factura por parte del prestador del servicio del país de origen y acepta la carga fiscal que eso implica), no se trata de una exportación de servicios (de Guatemala al exterior), el servicio es prestado en el exterior, adicional a eso, debe considerar el concepto de renta mundial en caso aplique en el país donde prestará el servicio.
Por condiciones contractuales, he observado que algunos contribuyentes optan por emitir una factura (FEL) de servicios prestados en el exterior y la declaran como exportación de servicios (exento de IVA) pero deben satisfacer el ISR correspondiente.
Sugiero ver el siguiente video:
Excelente comentario y video! Así trabajamos en alguna ocasión una operación similar, como renta exenta en el ISR, lo que sí se debe tomar en cuenta es que los costos y gastos también serán exentos como el caso del boleto de avión y gastos de viaje.
Está en lo correcto!